Hacia el reconocimiento al derecho humano al acceso a los servicios financieros

Con contundentes argumentos humanistas, Diego Saucedo propone el reconocimiento como derecho humano de un instrumento económico: los servicios financieros.


Un servicio financiero, como puede ser el contar con una cuenta bancaria, un seguro o el enviar remesas, permite a las personas vivir con mayores certezas y con mecanismos de protección e insumos para cubrir sus necesidades más elementales, al mismo tiempo que coadyuva a la expansión exponencial de sus perspectivas vitales, logrando de ese modo concretar sus metas y sus prioridades y cumplir sus proyectos personales para la consecución de una vida plena y digna, gracias a su poder de acceder y emplear esos instrumentos.

Estos servicios se han vuelto prácticamente omnipresentes en nuestras vidas, pero el acceso a ellos es desigual y, en ocasiones, desconocido para muchos. Al emplear cifras, estadísticas y reportes nacionales e internacionales, de organismos públicos y privados, se torna factible conocer que los efectos ocasionados por la falta de acceso a este tipo de servicios son constantes, duraderos y ubicuos, con tendencia a perpetuarse a la par del crecimiento poblacional. 

Los servicios financieros han sido entendidos como instrumentos meramente económicos, relevantes a nivel constitucional, pues forman parte del sistema económico nacional y constituyen una manera de redestinar recursos, mas nunca como un derecho instrumental y, menos aún, como un derecho humano autónomo. Para abordar la presente inquietud, el autor de estas líneas, mediante una disertación para la obtención de un grado profesional, propuso y defendió la necesidad de transitar hacia el reconocimiento de este nuevo derecho humano.

Hoy en día no hay duda acerca de la aceptación y el reconocimiento en cuanto a que los derechos humanos son inherentes al ser humano, por el simple hecho de pertenecer a la raza humana y por tratarse de un ente racional consciente de sí mismo, de sus circunstancias y de sus necesidades. Asimismo, el derecho es ese socioconstructo que permite a las personas, de forma organizada, materializar sus anhelos y otorgarse las condiciones para que sus vidas mejoren.

Éste ha seguido el paso de los acontecimientos sociales y tecnológicos, aunque en ocasiones se vea desfasado, desarmonizado y superado para dar respuesta a las situaciones que aquejan a las personas, e incide en la forma como se desarrollan, laboran, se educan y viven, teniendo trascendencia no sólo biológica o jurídica, sino en todas y cada una de las áreas del conocimiento, con las que, día con día, según las circunstancias vitales de cada persona, se estará en mayor o menor contacto y se tendrá dominio de las mismas.

Tanto las mayorías como las minorías deben buscar acuerdos constructivos que incidan en ambas, que permitan la libre expresión de sus ideas y que redunden en transformaciones benéficas para todos los involucrados. En este contexto, los derechos humanos son las facultades intrínsecas e inherentes que cada persona posee para visibilizar su existencia y subrayar la necesidad de contar con mecanismos de atención y protección de sus derechos, los cuales, mediante sistemas jurídicos, son reconocidos de forma expresa y dotados de protección ante afectaciones injustificadas, tanto del Estado en su conjunto como de sus congéneres humanos.

Al garantizar el ejercicio y el disfrute de estos derechos las personas vivirán más satisfechas, conformes y plenas en cuanto a construir y a vivir dentro de lo que estiman más adecuado para ellas, es decir, de lo que se conoce como proyectos de vida. Cuando uno de estos derechos se ve trastocado, otros tantos más se ven igual o más vulnerados pues, en todo lo concerniente al ser humano, no es posible en el plano fáctico marcar dicotomías o segregar aspectos para que no se vean influenciados, ya sea en medida positiva o perjudicial.

En nuestro sistema jurídico, el reconocimiento expreso de un derecho humano puede provenir de diversas fuentes, siendo las principales y con validez conferida las siguientes: 1) estar contenido en tratados internacionales, 2) encontrarse dentro del texto constitucional, 3) contemplarse en leyes de menor jerarquía (constituciones locales o leyes secundarias) o 4) mediante pronunciamientos jurisdiccionales.

Lo anterior significa que mientras ciertas autoridades conceden reconocimiento a determinados derechos, otras deberán dar difusión a los mismos, mientras que otras conferirán protección a éstos, lo cual implica de manera general obligaciones para los Estados de deber hacer, es decir, de destinar recursos y enfocar su actuación para lograr la materialización efectiva de esos derechos.

Sin embargo, cuando se analiza el entorno circundante es posible identificar que hay limitaciones que vedan o restringen los derechos, las cuales pueden ser geográficas, económicas, etarias, sexo-genéricas, políticas, ideológicas o, como aquí se hace referencia, jurídico-institucionales, entendiéndose que en el estado actual de nuestro marco jurídico no hay un reconocimiento expreso de un derecho al acceso a los servicios financieros ni instituciones encargadas ex profeso para ello.

Es igualmente cierto que existen leyes y entidades que protegen, ya sea los derechos humanos, a los usuarios de servicios financieros, y otras que regulan y supervisan el correcto funcionamiento del sistema financiero mexicano; sin embargo, cada una realiza sus funciones sin tomar en perspectiva lo que hacen las otras. Actúan como si se tratase de cuestiones completamente disímbolas, en lugar de encontrar sinérgicamente la manera de entender tales servicios como un derecho humano mediante el cual, al supervisar el funcionamiento del sector, también se supervise el respeto y la protección del derecho vinculado al mismo, todo ello dentro de las atribuciones y las responsabilidades que confieran las leyes.

La denominación con la que se pretende que se conceda reconocimiento a este nuevo derecho humano posee una justificación racional, histórica y jurídica, pues, analógicamente, una gran cantidad de derechos de reciente reconocimiento y protección posee la palabra acceso, en forma similar al derecho humano al acceso al agua, al acceso a una vida libre de violencia, al acceso a la información, al acceso a internet y a las telecomunicaciones, por enlistar algunos.

Respecto de la clasificación doctrinaria en la cual es más enmarcable este derecho, se estaría ante un desc (derecho económico, social y cultural), estrechamente hermanado con otros como la vivienda, la educación, el trabajo digno, la ciencia, la tecnología, la cultura, entre otros, aunque cabe recalcar que guarda vinculación con los denominados de cuarta generación, que se realizan primordialmente con medios virtuales, digitales y telemáticos, y que cuentan con respaldos esencialmente informáticos.

El hecho de que se reconozca el acceso a los servicios financieros como un derecho humano no sólo permitirá una mayor e informada participación de la población en la economía, sino que, aún más importante, dotaría de herramientas que, mediante su oportuna utilización, mejoraría las condiciones de vida de las personas, lo cual se reflejaría en diversos aspectos, que a su vez redundarán en el alcance, la mejora y la garantía de otros derechos, que si bien en apariencia pareciesen desvinculados, por ser derechos de esta índole, comparten orígenes y, sobre todo, los entes en quienes recaerán sus beneficios, o sea, los mismos titulares, permitiéndoles vivir mejor y con mayor dignidad, plenitud y satisfacción de sus necesidades, metas y prioridades, sin dejar de señalar la posibilidad de que puedan existir repercusiones negativas, debidas en mayor medida a la incomprensión, la desinformación, el desinterés y la inadecuada o ausente de educación en esas materias, es decir, en derechos humanos y servicios financieros. 

La cuestión medular radica en que las personas tengan clara la distinción entre saber de la existencia de una determinada cuestión, como son los servicios financieros, y que estén en aptitud de acercarse y allegarse de ellos; otra cosa es que, una vez logrado esto, se tengan requisitos y parámetros objetivos y no discriminatorios para un completo, suficiente y satisfactorio goce de los mismos, como ocurre con el derecho a la justicia y con el acceso a la misma.

Si se trata de una mejor y más informada administración y de una óptima disposición de los recursos económicos que posean las personas, la educación financiera se torna vital para conocer qué es el sistema financiero, así como cuáles son sus componentes, y la amplia gama de productos y servicios que ofrece. Acorde con nuestras prioridades, expectativas y actividades, será posible optar de forma consciente por la opción financiera que se estime mejor y más pertinente, para fomentar de ese modo el alcanzar metas, satisfacer necesidades y lograr que las personas se realicen a plenitud, desarrollando libre y plenamente sus personalidades.

El reconocimiento de este derecho humano permitirá una mejor actuación sinérgica y coordinada entre los sectores público, privado y social, que redundará en beneficio de la población mexicana, la cual podrá allegarse, distribuir y reinsertar en el sistema financiero una mayor cantidad de recursos para una más completa y adecuada satisfacción de sus necesidades, acorde a sus características personales, profesión, edad, locación, origen, prioridades y metas, llevados a la par de contar con una formación y una concientización respecto de lo que es un servicio financiero, lo benéfico y ventajoso que puede ser utilizarlo y cuáles podrían ser los efectos lesivos en caso de desconocimiento o de manejo indebido del lo mismo.

Este nuevo derecho permitiría tener, satisfacer y mejorar otros más, tomando en consideración los principios de interdependencia e indivisibilidad, pues al disponer de estos servicios de forma gradual, metódica, informada y responsable, podrán reducirse las inequidades y lograrse el acceso a bienes y servicios más competitivos y de mejor calidad, como los educativos, los médicos, los de transporte, por señalar algunos, cuestión que, a la postre, no sólo repercutirá en la esfera personal de los individuos, sino también en su núcleos familiares y sociales y, en gran escala, en la economía nacional.

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