Hace poco más de cuatro años comenzamos el reto de leer, analizar y resumir los criterios y las sentencias del Poder Judicial de la Federación. Hoy llegamos al blog 200. A partir de esta edición iniciamos la sección “Detrás de la jurisprudencia”, un espacio para que nuestros invitados compartan sus reflexiones sobre criterios que han sido relevantes para su práctica profesional. ¡Gracias por leernos y por ser parte de esta comunidad!
FISCAL
Listado de contribuyentes con adeudos fiscales
La publicación, en la página del Servicio de Administración Tributaria, del nombre y el rfc de los contribuyentes que reciben condonaciones fiscales, es constitucionalmente válida. La Primera Sala consideró que es una medida necesaria para transparentar la actuación de las autoridades fiscales y que la sociedad conozca cuáles son los ingresos que se dejaron de percibir, por lo que se justifica la afectación que pueda provocarse al principio de protección de datos personales. [Jurisprudencia.] Comunicado 152/2025.
Impuesto sobre tenencia de vehículos en la Ciudad de México
Un pleno regional resolvió que al impugnar el impuesto sobre tenencia de vehículos en la Ciudad de México debe considerarse como primer acto de aplicación el oficio de la autoridad en el que se determina un crédito fiscal por omitir el pago del impuesto. [Pleno regional, jurisprudencia.] Registro: 2030335.
Impuesto sobre automóviles nuevos
A pesar de que los fabricantes y los distribuidores de autos nuevos son los sujetos del impuesto, la obligación de pago se traslada a los consumidores. Por los tanto, los primeros no podrán impugnar en amparo la norma que exenta a ciertos automóviles de ese impuesto. [Pleno regional, jurisprudencia.] Registro: 2030363.
AMPARO
Venta de alimentos “chatarra” en universidades
Un tribunal resolvió que sí procede la suspensión provisional en contra del programa del gobierno federal que prohíbe la venta de alimentos “chatarra”, cuando se trate de instituciones de educación superior. En este caso, los alumnos son mayores de edad y tienen la capacidad de elegir qué alimentos consumir. Registro: 2030461.
Autoridad extinta debe cumplir amparo hasta que sea sustituida por nueva autoridad
El juez de amparo puede vincular al Insabi al cumplimiento de una sentencia, a pesar de que ese instituto se extinguió con motivo de una reforma legal, si el organismo que lo va a sustituir, el imss-Bienestar, no ha asumido sus funciones. Por lo tanto, el Insabi tendrá que coadyuvar para garantizar el derecho a la salud de dos menores de edad con un padecimiento auditivo. Registro: 2030362.
Principio de definitividad tratándose de niñas, niños y adolescentes
Tratándose de juicios en los que se involucren los derechos de niñas, niños y adolescentes, los juzgadores deben interpretar las reglas procesales favoreciendo la procedencia del juicio y su estudio de fondo. Si existe duda respecto del medio de defensa ordinario, debe estimarse cumplido el principio de definitividad o sus excepciones, con el fin de que proceda el amparo. [Primera Sala, jurisprudencia.] Registro: 2030434.
Secretaría de Hacienda legitimada en amparo fiscal-penal
La Primera Sala resolvió que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sí está legitimada para interponer juicio de amparo para impugnar las determinaciones emitidas en procesos penales federales seguidos por delitos fiscales, ya que el artículo 92 del Código Fiscal de la Federación le reconoce la calidad de víctima u ofendida en esos procesos. Lo anterior, a pesar de la limitación que establece el artículo 7o de la Ley de Amparo. [Primera Sala, jurisprudencia.] Registro: 2030438.
LABORAL
Licencias por paternidad, maternidad y lactancia materna
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó dos disposiciones de la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California Sur, reformadas en 2023, atendiendo a las siguientes consideraciones:
Licencias por paternidad y maternidad. La diferencia entre los plazos para las licencias por paternidad (10 días hábiles) y por maternidad (tres meses) es desproporcionada y posiciona las labores de cuidado del bebé como responsabilidad principal de la madre; por lo cual el padre también deberá tener una licencia de tres meses.
Lactancia materna. Con la reforma se limitó a una hora el descanso de la trabajadora, la cual es una medida regresiva. La Suprema Corte ordenó que se aplique la disposición anterior, que permitía a la madre escoger entre dos descansos de 30 minutos o uno de 60 minutos y que, además, obligaba a los centros de trabajo a contar con una sala de lactancia. Comunicado scjn 131/2025.
Derecho humano al tiempo libre para los trabajadores
Un tribunal validó la norma que obliga a los servidores públicos de Nayarit a permanecer en el lugar del trabajo, si al momento de concluir el horario de servicio hay personas esperando a ser atendidas. Contrariamente a lo que argumenta el sindicato de trabajadores, esa norma no viola el derecho humano al tiempo libre. Registros: 2030342 y 2030341.
Enfermedad de trabajo en Petróleos Mexicanos
Con el fin de determinar si un trabajador jubilado de Petróleos Mexicanos requiere una prótesis auditiva, no es suficiente con que se haya reconocido que padece una enfermedad de origen profesional, sino que además deberá probar el grado de degeneración auditiva para definir si la prótesis es útil para su tratamiento. [Pleno regional, jurisprudencia.] Registro: 2030453.
CIVIL
Reconocimiento de paternidad y cuantificación de alimentos retroactivos
Al dictar la sentencia en la que se lleva a cabo el reconocimiento de paternidad, el juez debe cuantificar los alimentos que proceden de forma retroactiva, porque forma parte de la litis planteada. Sólo excepcionalmente podrán cuantificarse en la vía incidental, al momento de la ejecución de sentencia. Comunicado scjn 140/2025.
Incumplimiento de convenio sobre alimentos
De acuerdo con la legislación de San Luis Potosí, los convenios sobre alimentos firmados ante el dif adquieren validez desde su celebración, sin necesidad de reconocimiento por autoridad judicial. En caso de incumplimiento, las partes pueden reclamar lo pactado interponiendo un juicio familiar y no un procedimiento de jurisdicción voluntaria. [Primera Sala, jurisprudencia.] Registros: 2030327 y 2030328.
PENAL
La scjn invalida disposición de maltrato animal en Morelos
La Suprema Corte invalidó una disposición del Código Penal para el Estado de Morelos que catalogaba como maltrato y crueldad hacia los animales la falta de socialización de los animales domésticos con otros animales. La ambigüedad de los términos utilizados por el tipo penal podría llevar a incumplimientos no intencionados. Comunicado scjn 136/2025.
Interrupción de audiencia oral y cómputo de plazo
En materia penal, la interrupción de la audiencia de juicio oral por más de 10 días hábiles amerita su reposición. Si bien el Código Nacional de Procedimientos Penal establece ese plazo en días naturales, la Primera Sala sostuvo que debe computarse en días hábiles, a efecto de realizar una interpretación armónica con el resto del marco normativo. [Jurisprudencia.] Comunicado 153/2025.
Parámetros para analizar denuncias por actos de tortura
Una mujer condenada por el delito de robo y secuestro fue víctima de tortura durante su arraigo ministerial, lo que le provocó un aborto gemelar. La Primera Sala consideró que el aborto ocasionado por agentes estatales debe considerarse como tortura sexual grave y violencia de género. Además, definió pautas para asegurar la legalidad de detenciones de mujeres embarazadas, que incluyen inspecciones por personal femenino, acceso a higiene adecuada y derecho a denunciar abusos. [Jurisprudencia.] Comunicado 154/2025.
Arraigo declarado inconstitucional
En el mismo asunto, la Primera Sala excluyó las pruebas recabadas durante el arraigo en el que se tuvo a la mujer por resultar inconstitucional, en tanto fue solicitado y ordenado por autoridades locales, quienes carecen de competencia para ello. También se declaró la nulidad de las diligencias de identificación, en Cámara de Gesell y por fotografías, en tanto se realizaron sin que estuviera acompañada por su abogado defensor. [Jurisprudencia.] Comunicado 154/2025.
Interrupción del embarazo por personas gestantes con discapacidad
Es inconstitucional la disposición prevista en el Código Penal de Sinaloa que permite que se interrumpa el embarazo de una persona gestante con discapacidad sin su consentimiento, cuando su tutor o su representante otorgue el consentimiento. Todas las mujeres y personas gestantes con discapacidad, incluida la intelectual o psicosocial, tienen derecho a decidir sobre la continuación o la interrupción de su embarazo. Los médicos deben facilitar que expresen su voluntad. [Primera Sala, jurisprudencia.] Registro: 2030433.
Suspensión condicional del proceso
La Primera Sala confirmó la constitucionalidad del artículo 196 del Código Nacional de Procedimientos Penales que permite al juez de control aprobar una solución alterna en una controversia penal, aunque una de las partes no asista a la audiencia, siempre y cuando haya aceptado previamente esta vía. Comunicado 163/2025.
ADMINISTRATIVO
Usuario de energía eléctrica puede impugnar ajuste en facturación
El usuario final de energía eléctrica que consume y paga por el servicio cuenta con legitimación para impugnar los ajustes de facturación aun cuando no sea propietario del inmueble, ni haya firmado el contrato de adhesión. El usuario final tiene derecho a defenderse de los actos de autoridad que afecten sus intereses. [Primera Sala, jurisprudencia.] Registro: 2030443.
La nulidad de resoluciones y sus efectos
En el juicio contencioso administrativo la limitación de emitir una resolución que afecte en mayor grado al demandante sólo en los casos en que se haya declarado la nulidad del acto por vicios de fondo, es constitucional. Por lo tanto, no procede aplicar esta limitación cuando la nulidad responda a un vicio de forma. [Primera Sala.] Comunicado 159/2025.
MERCANTIL
Compañía de seguros altera pruebas
Si una compañía de seguros presentó un documento alterado en un juicio para evadir el pago de un seguro de vida, queda acreditada la actuación de mala fe, por lo que procede la condena al pago de costas. En el juicio se acreditó que la aseguradora había elaborado un documento con la intención de probar que el asegurado había omitido informar que tenía vih. [Primera Sala, jurisprudencia.] Comunicado 164/2025.
DETRÁS DE LA JURISPRUDENCIA
Sobre la materialidad de las operaciones y el estándar probatorio
Los tribunales han establecido que para acreditar la materialidad de las operaciones ya no es indispensable limitarse a pruebas directas, sino que se admiten medios de convicción más amplios y flexibles. En particular, el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito determinó que es admisible que el contribuyente pueda valerse de la prueba presuncional.
Esto significa que, a través de indicios suficientes, lógicos y razonables, es posible inferir que las transacciones efectivamente se realizaron. Este criterio resulta especialmente relevante en operaciones complejas, en las que la obtención de documentación concluyente puede ser difícil. Así, se garantiza un equilibrio entre el rigor probatorio y la justicia en los procedimientos fiscales, siempre que los elementos presentados cumplan con los principios de pertinencia, idoneidad y utilidad. Registro: 2029959.
Adriana Ortega Ramírez, Pérez de Acha e Ibarra de Rueda, S. C.

