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Cannabis: regulación pendiente en México

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Con un ojo crítico hacia los argumentos en materia de seguridad, y atendiendo las complejidades que conlleva, René Hernández Clemente presenta la necesidad de la regulación legal del cannabis en México.


Además de representar una interesantísima discusión política y jurídica, la regulación del cannabis en nuestro país es materia de importantes y acalorados debates. Supone un cambio de paradigma en muchos sentidos y en diferentes ámbitos sociales, abarca diversas disciplinas y trastoca un mayor número de complejidades humanas: desde concebir la regulación como uno de muchos procesos legislativos, con ciertos obstáculos y dificultades propias, hasta entender su regulación integral como un espacio en el que deben cohabitar políticas públicas en materia de salud y medio ambiente. Sea como sea, es imprescindible su regulación integral sin importar la complejidad o la dificultad que esto implique.

La política prohibicionista de drogas, impulsada por iniciativa del gobierno de Estados Unidos durante la administración del presidente Richard Nixon y robustecida posteriormente por las diversas convenciones internacionales sobre estupefacientes de la Organización de las Naciones Unidas, adoptadas por una multitud de naciones −incluido México en su momento− ha creado durante décadas, a lo largo y ancho del mundo, un sinnúmero de problemas sociales y subsistemas económicos ilegales en los que la violación de derechos humanos, el crimen organizado, el narcotráfico, la violencia, la corrupción y los daños al medio ambiente han predominado sobre el Estado de derecho, el ejercicio de los derechos humanos y la libertad individual.

El 4 de noviembre de 2015, mediante el amparo en revisión 237/2014, la Suprema Corte de Justicia de la Nación reconoció que el uso personal del cannabis forma parte de la esfera de protección del derecho humano al libre desarrollo de la personalidad y que el sistema de prohibición absoluta por parte del ordenamiento jurídico interno era inconstitucional. Esta decisión fue el punto de inflexión para que en ulteriores momentos se interpusieran diversos amparos en la materia, propiciando, por un lado, la publicación del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario para la Producción, Investigación y Uso Medicinal de la Cannabis y sus Derivados Farmacológicos del 12 de enero de 2021, por parte del titular del Ejecutivo federal, con el objeto de regular, controlar, fomentar y vigilar, en términos sanitarios, la materia prima, derivados farmacológicos y medicamentos de cannabis, con fines de producción, investigación, fabricación y médicos, y, por el otro, la emisión de la declaratoria general de inconstitucionalidad 1/2018 de 28 de junio de 2021 por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual, entre diversos puntos, i) eliminaba la prohibición absoluta al consumo lúdico o recreativo del cannabis, con el componente psicoactivo thc que establecía la Ley General de Salud; ii) urgía a la Secretaría de Salud para que, a través de su órgano competente, autorizara las actividades relacionadas con el autoconsumo de cannabis con fines recreativos; iii) obligaba a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios a establecer los lineamientos y las modalidades de la adquisición de la semilla y a tomar todas las medidas necesarias para dar cauce al derecho tutelado, y iv) exhortaba al Congreso de la Unión a legislar respecto del derecho al autoconsumo recreativo de la marihuana o cannabis. 

Este último punto sigue en espera, pues desde 2006 han sido presentadas más de 50 iniciativas de ley en la materia, todas perfectibles en cierta medida, algunas solamente orientadas a regular en materia de salud y despenalizar en materia penal; otras más atrevidas ofrecen un marco jurídico especializado en la materia, y las menos deseables optan por retomar el modelo prohibicionista por completo o por legalizar el cannabis sin control de riesgos. No obstante, ninguna de estas iniciativas ha superado el consenso legislativo, simple y tristemente por falta de voluntad política. Diversos países a lo largo y ancho del mundo ya han regulado, de cierta forma y en cierta medida, el cannabis: Uruguay, Canadá, Jamaica, Países Bajos, Portugal, Colombia, Estados Unidos, y, hasta cierto punto, México, cada uno con sus especificidades y características propias.

Es un error pensar todavía que la disyuntiva de este problema es si regular o no el cannabis, pues la evidencia nos obliga a repensar cómo sí hacerlo. El consumo y el comercio del cannabis existe con o sin regulación. No se trata de regular por regular, de deshacerse de un punto en la agenda legislativa como mero trámite o indicador productivo, y mucho menos de continuar con un sistema prohibicionista. Se trata de comprender que no es necesario tener una regulación perfecta, sino una perfectible, basada en evidencia científica y sin ocurrencias personales, que procure y busque el equilibrio entre los derechos de las personas consumidoras, sea cual sea el ámbito de su consumo, la protección de la seguridad colectiva, la salud pública, el respeto al medio ambiente, el mercado regulado y la defensa de los derechos humanos, pues la inseguridad jurídica y la ilegalidad de este fenómeno ha afectado de manera desproporcionada a los grupos en situación de vulnerabilidad, a personas en condición de pobreza, a comunidades rurales productoras, a mujeres y a personas en condiciones médicas o con enfermedades muy específicas como cáncer o epilepsia. 

Las personas y los grupos en condición de vulnerabilidad y desprotección son los que más han sido expuestos a condiciones de insalubridad, riesgo y desinformación por la falta de una regulación integral, pues la clandestinidad, el oscurantismo y la irregularidad de productos y espacios, sumados a la poca información de autoridades e instituciones, generan el ambiente perfecto para mantener los efectos negativos del prohibicionismo.

Por último, es necesario tener en cuenta que para llevar a cabo una regulación integral se deben considerar reformas y reconfiguraciones en materia societaria-corporativa, bancaria, financiera, bursátil y de prevención de lavado de dinero, pues estas áreas son indispensables para que la industria del cannabis, sector imprescindible en materia de comercio, pueda cumplir con sus objetivos de manera clara y bajo la seguridad jurídica necesaria como para cualquier otra industria.

Caja de pandora 

A pesar de que existe una relación entre cannabis, narcotráfico y crimen organizado en México, estos dos últimos son problemas sociales con naturaleza y soluciones diferentes; el crimen y la delincuencia organizada ya no subsisten solamente gracias al narcotráfico de cannabis como fuente de ingresos económicos, pues hoy han diversificado sus fuentes de riqueza utilizando el tráfico y la producción de drogas sintéticas, el cobro de piso, el tráfico de armas, la extorsión, el secuestro, la tala ilegal, el tráfico de especies y de personas, entre muchas otras.

Como argumentos encontrados y snack mental, la prohibición del cannabis no ha solucionado ni disminuido la violencia que genera la delincuencia organizada y el narcotráfico en nuestro país, ni ha disuadido el consumo de cannabis como se pensaba; sin embargo, su liberalización sin control de riesgos tampoco implica la solución a esta triste situación. Los extremos, como la prohibición y la liberalización, son contraproducentes, pues el cannabis ni es el origen de todos los males ni es una sustancia inocua.

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