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Susana Harp: un mundo donde quepan otros mundos

Susana Harp

Foto: Cortesía de Susana Harp ©

La primera garantía de los derechos humanos se encuentra en la ley. El papel del Poder Legislativo es esencial para la construcción de un Estado social y democrático de derecho. La senadora Susana Harp ha hecho un trabajo legislativo importante para la representación y la protección de las diversas comunidades en el sistema legal. Platicamos con ella al respecto.


¿Cómo se define a sí misma Susana Harp Iturribarría?

Susana Harp – Soy una mujer oaxaqueña que desde joven tuvo la suerte de conocer las culturas de su tierra y sus raíces profundas. Esto ha definido mi preferencia por el desarrollo humano y por el trabajo en las comunidades, por cantar en las lenguas de los dioses y, desde hace cinco años, por trabajar desde el Senado de la República acerca de todos estos temas que siempre me han comprometido y apasionado. Hasta hoy, soy la legisladora por mi estado que tiene más leyes publicadas en el Diario Oficial de la Federación en tres sexenios. 

¿Cuáles son los temas más relevantes que está atendiendo en este momento la Comisión de Cultura qué usted preside? 

Susana Harp – Estamos en el quinto año de la legislatura. Los temas más importantes que han ocurrido durante estos años ya prácticamente están procesados. Por ejemplo, a través de la Comisión de Cultura, se trabajó en una nueva Ley General de Bibliotecas, pues la anterior era de 1988. Actualizar su contenido y abrirse a la intervención de nuevos actores en la administración de los fondos bibliotecarios, así como establecer reglas claras para la administración del depósito legal, son elementos que requerían la intervención del Poder Legislativo.

También se ha trabajado en precisar la figura jurídica del precio único del libro, con la finalidad de que todos los lectores de nuestro país accedan a la lectura en las mismas condiciones de precio que tienen las personas que residen en la Ciudad de México, en Guadalajara, en Oaxaca o en cualquier parte de la República. Esta medida no tiene un costo fiscal para el Estado, sino que resulta de un arreglo entre editores, distribuidores y puntos de venta finales, lo cual beneficia a todos en su conjunto.

Un tema de la mayor relevancia es la entrada en vigor de la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, la cual establece un marco de protección para la propiedad intelectual colectiva de las expresiones culturales que, desde hace mucho tiempo, eran objeto de copia o imitación por diseñadores, sin que hubiera una retribución a las comunidades indígenas o afromexicanas por el uso y el aprovechamiento de los elementos de su cultura.

En otros temas, desde la perspectiva presupuestal, en el Senado se aprobó una reforma para que los recursos destinados al Ramo 48 del Presupuesto de Egreso de la Federación —es decir, el ramo de cultura— se mantengan sin reducción, con la finalidad de contar con una base presupuestal que garantice la cobertura de las acciones y los programas en operación.

De la misma forma, se han hecho esfuerzos para garantizar mejores condiciones de acceso a la cultura a personas con discapacidad, especialmente a personas ciegas o débiles visuales y a personas que requieren atención especial por motivo de movilidad. En ese sentido, en los marcos regulatorios de derechos culturales, de fomento a la lectura y de bibliotecas, se han incorporado dispositivos para atender con mayor especificidad a estas personas.

¿Las normas del Estado mexicano y las normas de las comunidades originarias se contraponen? ¿Puede nuestro sistema jurídico, más allá de reconocerlas por la autonomía de esas comunidades, constituirse genuinamente como un régimen pluralista (en términos del pluralismo jurídico)? Con base en su experiencia como legisladora, ¿qué dificultades conlleva este propósito?

Susana Harp – Este es un tema que concita muchas opiniones. Hay personas a favor de la pluralidad jurídica, de modo que los sistemas normativos vigentes en los pueblos y en las comunidades indígenas deberían operar para ellos en cualquier parte del territorio nacional y no únicamente, en el territorio que habita la comunidad específica. Hay quienes opinan que los sistemas normativos están supeditados a las normas fundamentales que se aplican a todos los mexicanos, incluidos ellos, pues se basan en el respeto irrestricto de los derechos humanos.

De hecho, hay que señalar que, en cualquier caso, los sistemas normativos tienen como límite precisamente los derechos humanos, la igualdad y la justicia, reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El pluralismo jurídico es una aspiración legítima de los pueblos y las comunidades y, obviamente, no se va a ir en contra de los derechos humanos; sin embargo, me parece de la mayor relevancia avanzar en el reconocimiento de los pueblos y las comunidades indígenas como sujetos de derecho, con el fin de que la población indígena y afromexicana puedan ejercer derechos ya reconocidos en la legislación con mayor determinación, en especial aquellos que tienen que ver con su territorio o con las afectaciones a su cultura y a su identidad.

El diseño constitucional vigente está basado en la tradición que concibe al Estado como una entidad unificada, y a la nación, como única e indivisible. Un derecho centralizado es una forma de garantizar la seguridad jurídica y el ejercicio de la coacción concentrando en el Estado una medida que garantiza la convivencia ordenada. Pero esta concepción viene de la tradición liberal del derecho, aquella que concibe sólo un derecho para la nación.

La convivencia de diferentes sistemas normativos es algo que quienes están fuera de las comunidades no entienden con facilidad, mientras que en el centro de las comunidades las formas de intervención del Estado, con sus normas, en muchas ocasiones son distantes o ajenas a la realidad cultural.

A pesar de lo anterior, la solución de conflictos, sin tener que resolverlos a través de una vía judicial, es la expresión de que la mediación social se produce por diferentes vías. Ésta no constituye exactamente la convivencia de distintas formas de derecho, pero se encamina en ese sentido.

Considero que la pluralidad jurídica es una vía que tomará su lugar en el tiempo, gradualmente, siempre y cuando las sociedades estén dispuestas a respetar la libre determinación y autonomía de los pueblos y las comunidades indígenas y se privilegie a los derechos humanos por encima de cualquier circunstancia.

¿A qué se debe la exclusión de la diversidad cultural de la arquitectura legislativa del país?

Susana Harp – La diversidad cultural es un reconocimiento que la sociedad le ha arrancado al derecho de tradición liberal, aquel que no identificaba diferencias entre los ciudadanos y que los consideraba iguales sencilla y llanamente.

Nuestro país no es diverso, sino megadiverso, en términos de identidad. Y esta condición de diversidad se multiplica con la condición pluralista y nos obliga a la convivencia intercultural. 

Hay que destacar que, a favor del derecho mexicano, poco a poco, muy lentamente, se han abierto espacios para sacar de la invisibilidad a muchas comunidades; no sólo a los indígenas, sino también a las personas con preferencias de todo tipo, ya sean religiosas, sexuales o políticas. Y también ha sido posible el reconocimiento de personas en condiciones de vulnerabilidad, como las víctimas de violencia en cualquiera de sus formas, las personas con discapacidad o de la tercera edad, por ejemplo.

Últimamente, a partir de una propuesta que hice al Congreso, se reconoció a las personas, a los pueblos y a las comunidades afromexicanos como integrantes de la composición pluricultural del país.

Todo lo anterior, a contracorriente de la tradición liberal del derecho, para la cual lo normal y convencional era adaptar a todos a un tipo de perfil de personas de iguales derechos. Ahora bien, la diversidad de la que hablo no se ha traducido necesariamente en un derecho sustantivo, real y objetivo, sino que constituye una línea normativa que debe ser garantizada por el Estado y, si no lo es, contar con los medios para judicializarse. Un derecho que no puede reclamarse es sólo un postulado jurídico, así que todo acto de discriminación o de exclusión social debe ser identificado y, en su caso, reclamado ante tribunales, para que todos los ciudadanos, tarde o temprano, seamos una especie de garantes de los derechos de los demás, esto es, de los derechos que reclamamos para nosotros mismos.

¿Cuál ha sido su estrategia para identificar estas exclusiones y promover reformas e iniciativas en el ámbito de la legislación cultural?

Susana Harp – En primer lugar, porque conozco a las comunidades indígenas y afromexicanas de mi estado y de muchos otros más. Además, partimos del postulado de la igualdad de las culturas y, ante ese hecho, identificamos a aquellos grupos sociales cuyo acceso a la jurisdicción del Estado es más difícil o inaccesible. En ese sentido, se trabajó para modificar alrededor de 50 leyes con el fin de homologar en derechos a las personas afromexicanas respecto de cualquier otro grupo social vulnerable en temas como acceso a la justicia, al bienestar social y a la salud, entre otros.

En muchas ocasiones ha ocurrido que grandes empresas o particulares hacen uso de los elementos de la cultura y la identidad de los pueblos y las comunidades, sin su consentimiento, con el objetivo de lucrar con ellos. ¿Cómo puede contrarrestarse este hecho a través de la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas? En este contexto, ¿qué es el derecho colectivo?

Susana Harp – Ahora las comunidades cuentan con un instrumento normativo que prohíbe expresamente el uso no autorizado de elementos de la cultura de las comunidades. La estrategia normativa se inicia con la queja o la denuncia de cualquier integrante de la comunidad en contra de quienes hagan un uso ilícito de sus expresiones culturales, ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor o ante la autoridad judicial o, incluso, simultáneamente.

A partir de la publicación de la ley se han reducido de manera significativa los plagios; no obstante, persisten, por lo que el trabajo ahora es difundir las características de la ley, llevarla a las comunidades para que se organicen con el objetivo de que ejerzan ese derecho colectivo de propiedad intelectual que les reconoce el Estado. Existen medios de conciliación para llegar a acuerdos entre las comunidades y quienes infrinjan la ley. Gran parte de mi tiempo lo he dedicado a compartir esta propuesta normativa con las comunidades indígenas y afromexicanas, pero también con diseñadores, escuelas y universidades que tienen materias o incluso carreras en las cuales esta ley debe conocerse.

Aunada a la cuestión anterior, ¿cómo influye esto enla Ley Federal del Derecho de Autor?

Susana Harp – La Ley Federal del Derecho de Autor establecía que eran de uso libre las expresiones de la cultura popular y las artesanías. Únicamente se debía señalar la comunidad o la etnia a la que pertenecía esa manifestación cultural. Así se hicieron grandes marcas y fortunas. Sin embargo, lo primero que hicimos al llegar al Senado fue eliminar esa condición de uso libre que prácticamente ponía todo el patrimonio en el dominio público.

Lo que ahora hace la Ley Federal del Derecho de Autor es reconocer la titularidad de las expresiones culturales tradicionales a los pueblos y a las comunidades indígenas y afromexicanas; es decir, gozan de la misma protección que cualquier obra literaria o artística.

Usted promovió una reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión por la exclusión de la diversidad cultural y la promoción de estereotipos en los contenidos audiovisuales proyectados en los medios de comunicación nacionales. ¿Qué papel juegan los medios de comunicación, sean radio, televisión, periódicos o revistas, en la construcción y la reproducción de identidades? En el contexto mexicano, ¿deben cumplir con alguna función social?

Susana Harp – La idea de esa propuesta es muy sencilla. Con base en el derecho de las audiencias, se pretende que los grupos sociales estén dignamente representados en los medios televisivos y que no se les asignen roles estigmatizados. Se trata de guardar un equilibrio razonable entre quienes salen a cuadro, situación que se agrava cuando se piensa en los pueblos y las comunidades afromexicanas e indígenas.

Los medios de comunicación cumplen una función esencial en la socialización de la información y el conocimiento. No pueden estar a la deriva y sin una regulación apropiada que garantice la libertad de expresión plenamente, pero sin que esta libertad reproduzca estereotipos basados en la ignorancia, la discriminación o el miedo.

¿Qué papel juega la memoria histórica para el ejercicio legislativo que realiza?

Susana Harp – Existe una frase muy manoseada pero de mucha razón: los pueblos sin memoria están condenados a repetir sus errores del pasado. Por eso cada propuesta que se presenta ante el pleno o cada dictamen que se desarrolla a través de la Comisión de Cultura implican una revisión del pasado, para saber cómo se hicieron las cosas, las buenas y las malas, y en qué contexto y en qué circunstancia.

De no hacerlo así, correríamos el riesgo de no cumplir de manera eficiente con nuestra labor legislativa.

Su trabajo artístico también es un trabajo de memoria. ¿Cómo puede la música coadyuvar en la protección de los derechos humanos de las comunidades? 

Susana Harp – El hecho de que la música pueda expresarse libremente es una condición del ejercicio de un derecho cultural. Si hay música y si ésta goza de protección en cuanto a su origen, autoría y difusión, se garantiza que pueda mantenerse en el tiempo como una de las tantas expresiones que salen desde las comunidades, lo cual fortalece el sentido de identidad.

El que las comunidades, o cualquier persona, puedan tener acceso a las expresiones culturales de otras culturas también es un derecho cultural. Por eso es importante la memoria, porque a partir de ella se pueden rastrear las tradiciones y el origen de cualquier manifestación cultural.

En otros momentos me he dedicado a la música, como intérprete y como investigadora. Gracias a estas actividades he valorado la gran riqueza cultural de nuestro país, un tesoro que está a nuestro alcance para nuestro disfrute.

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