Frente a cárceles saturadas y contextos ignorados, Ivana Paredes desnuda las grietas del feminismo carcelario y muestra cómo la justicia punitiva evade historias, violencias y desigualdades que moldean la vida de quienes terminan encerradas sin verdadera reparación.
Hablar de abolicionismo dentro del feminismo puede resultar confuso, porque, ¿a qué nos referimos?, ¿a la abolición de la prostitución o a la abolición del género? En este artículo me referiré al feminismo abolicionista como aquel que busca visibilizar los conflictos de las sociedades desde una perspectiva de la justicia social, no de la justicia criminal. Su objetivo es la abolición de las cárceles y el desmantelamiento de policías, promoviendo la comprensión de las razones por las cuales las personas cometen un delito, en lugar de centrarse sólo en castigarlas. Este enfoque pretende evitar la creación de más delitos y políticas punitivas y el consecuente encarcelamiento masivo, ofreciendo diferentes alternativas de nuevas y futuras justicias. Por otro lado, existe el feminismo carcelario, una corriente en el seno del movimiento feminista que considera la justicia penal como la mejor opción para erradicar o controlar ciertos problemas que enfrentan las mujeres, como el abuso sexual o la trata de personas. Su enfoque se centra en la creación de nuevas leyes, políticas y enjuiciamientos de carácter punitivo.
En México, este año aproximadamente 252,000 personas han sido recluidas,1 de las cuales 36.3 por ciento no han recibido una sentencia. De este grupo, 56.4 por ciento de las mujeres se encontraban en prisión preventiva oficiosa, es decir, encarceladas sin que su proceso penal hubiera concluido.2 En una investigación reciente que realicé acerca del derecho a menstruar con dignidad en el interior de los centros penitenciarios en México, hice un hallazgo interesante, aunque no sorprendente: la mayoría de las personas que habitan las prisiones del país son hombres jóvenes de bajos recursos, personas sin escolaridad, habitantes de zonas urbanas marginadas y sin acceso a una defensa efectiva. Estos datos permiten tener una perspectiva más clara sobre las prácticas que realiza el Estado para garantizar justicia, la cual, según Nimmi Gowrinathan,3 en su libro De armas tomar: por qué las mujeres eligen la violencia, sólo es “una tarea administrativa más que cumplir”.4
Ahora, no se puede hablar de feminismo abolicionista sin hablar de Angela Davis, una de las feministas más importantes de nuestra época y la razón por la cual mi interés por el sistema penitenciario ha crecido a pasos agigantados. En su libro ¿Son obsoletas las prisiones?, Davis ofrece una perspectiva inédita del funcionamiento de las cárceles en la sociedad moderna, guiándonos por un laberinto que nos invita a reflexionar de una manera muy sencilla pero muy firme sobre estas políticas institucionalizadas de odio y cómo han moldeado el sistema penitenciario hasta el punto en que nos resulta difícil imaginar nuestra vida sin él.
En 2024 en México5 había 13,985 mujeres privadas de su libertad y no debería de sorprendernos si este año la cifra llega a 16,000. Ellas representan una población penitenciaria muy pequeña y, por lo tanto, muy olvidada. Hace un tiempo tuve la oportunidad de platicar con una estudiante de relaciones internacionales, colaboradora de una de las organizaciones no gubernamentales para la reinserción de mujeres privadas de la libertad más importantes del país, quien me contaba acerca del trato, en términos de higiene menstrual, hacia las reclusas. Me decía que aún no había una opción tangible para atender la falta de insumos menstruales dentro del centro, ya que la escasez de agua era el problema más grave. Los baños estaban llenos de sangre menstrual, y cuando preguntaban por qué, les decían que el agua del centro era exclusivamente para limpiar los baños de los custodios y de los de los hombres. Según mi opinión, en el feminismo punitivo existe una gran grieta desatendida: la exclusión sistémica y la falta deliberada de consideración hacia las mujeres privadas de la libertad. Este feminismo no considera que la mayoría de las personas recluidas sean disidentes políticas; incluso aclaro desde ahora que mi crítica principal no es ésta.
Según Michel Foucault,6 después de la Revolución francesa hubo un punto de inflexión en el funcionamiento de las cárceles en Europa, donde el castigo ya no era infligido de forma visible; es decir, ya no existía una “marca” física que mostrará la presencia del castigo. Ahora, los paisajes carcelarios funcionan como un aparato anónimo, donde la sociedad ya no necesita una prueba explícita de que el castigo se está llevando a cabo: sólo se conforma con que haya un muro alto e imponente, con un alambre de púas y una torre de control visible, como evidencia para comprobar que la población presa está recibiendo un “trato” justo en su interior. Esto también constituye una demostración real de cómo la violencia simbólica atenta directamente contra las personas privadas de la libertad. En Vigilar y castigar7 Foucault señala que para el funcionamiento de estas instituciones ya no es necesario el control carne-hueso, sino el control cuerpo-mente-alma. Es interesante cómo se introduce una nueva “modalidad” de la función de las cárceles que controla, neutraliza, modifica y no cesa en el intento de que el individuo cambie. Sin embargo, aquí se olvida una parte sustancial del proceso: la “rehabilitación” y la reinserción social del imputado. Mi pregunta es: ¿cuál era el propósito original de crear las cárceles, si desde su origen no contemplaban la posibilidad del perdón ni la verdadera reinserción social?
En las políticas punitivas se tiende a ignorar la violencia que ejerce el Estado e, inevitablemente, se hace que la responsabilidad recaiga sólo en el individuo, incluso aunque éste sí haya cometido el delito. Pongamos el caso concreto de Lisa Montgomery. Esta mujer fue sentenciada a pena de muerte y ejecutada por inyección letal en Estados Unidos en 2021. En 2004, mediante engaños, ingresó a la casa de Bobbie Jo Stinnet, una mujer embarazada, a quien estranguló y extrajo el bebé de su vientre con la intención de hacerlo pasar como suyo. Afortunadamente, el recién nacido sobrevivió y fue devuelto a su familia, criado finalmente por su padre. Este caso fue muy controvertido en la sociedad estadounidense, pues no sólo fue la primera mujer en 70 años en enfrentar la pena de muerte y en ser señalada directamente por el presidente Donald Trump, sino también por su historia de vida. Lisa fue agredida sexualmente de manera repetida durante su infancia por su padrastro, al grado de que fue encerrada en un cuarto, donde él y sus amigos la violaban y la orinaban encima. Además, al descubrirlo, su madre le puso el cañón de un arma en la cabeza y, posteriormente, la vendió a hombres cuando necesitaba dinero. Estas experiencias traumáticas evidentemente derivaron en múltiples problemas psicológicos, que a la larga contribuyeron a que Lisa ejecutara el delito que cometió. Este caso se convirtió en un ejemplo palpable de cómo la justicia penal eclipsa, o, incluso, evade de manera intencional, los contextos complejos que rodean a los individuos en el sistema carcelario, ya que indiscutiblemente es más fácil y eficaz ejecutar la justicia de esa manera debido a que el sistema judicial de ese país está saturado en exceso. Además, es claro que las víctimas no eligen su justicia ni su reparación. Es el Estado el que las condena, sin darles oportunidad de que se rediman, demostrando una vez más que el sistema penal prioriza el castigo sobre la dignidad y los derechos de las víctimas y de las personas privadas de la libertad.
Si este ejemplo no es suficiente, podemos situarnos en un contexto contrario. Según Virgine Despentes,8 en su libro Teoría King Kong, “las prostitutas forman el único proletariado cuya condición conmueve a la burguesía”.9 Por su parte, en Feminismo bastardo, de María Galindo,10 hay una parte en la que habla exclusivamente del trabajo sexual en Bolivia y de cómo ella y su colectivo Mujeres Creando han impulsado los locales de prostitución autogestionarios, donde las trabajadoras pueden acudir cuando quieran a ejercer su labor. Es importante mencionar que la prostitución es el trabajo más antiguo del que se tiene registro y que ha sido protagonista en la historia de las mujeres. Galindo señala un hueco normativo en las leyes sobre trata y tráfico en Bolivia, donde se homogeniza la situación de víctimas de estos delitos con la de las trabajadoras sexuales, convirtiéndolas de ese modo en víctimas controladas de vigilancia penal y policial. Ella escribe lo siguiente: “Gracias a la creación del delito de trata y tráfico, los cuerpos de las trabajadoras sexuales sirven para que la policía descargue su violencia y abuso de poder. No se persigue a los proxenetas ni a los tratantes que tienen fácilmente arreglos directos con las cúpulas policiales; lo que se hace es descargar la fuerza policial contra las trabajadoras sexuales que están en prostitución callejera o en los locales más pequeños para simular que se estuviera luchando contra ‘la inseguridad ciudadana’ para obtener rédito mediático ante una sociedad moralista e hipócrita”.11
El feminismo carcelario es inherentemente punitivo y tiene carencias que son difíciles de subsanar. No dudo que las militantes de este feminismo tengan una intención legítima de proteger a las mujeres víctimas de violencia; sin embargo, considero que este movimiento ha resultado reconfortante para el Estado, ya que impulsa las mismas políticas que cada 8 de marzo se aplican a la realidad que critican: represión y violencia contra las mujeres. La promoción de estas políticas de odio institucionalizadas en el seno del movimiento de mujeres nos ha alejado de un feminismo contundente y, al mismo tiempo, tiende a excluir del debate a los grupos históricamente vulnerables, los que hoy representan la gran mayoría de la población carcelaria. Asimismo, inevitablemente termina apoyando prácticas que contravienen los derechos humanos, como la prisión preventiva oficiosa. Es indudable que el sistema carcelario no garantiza justicia y que este feminismo no prioriza a las víctimas ni su reparación, sino que prioritariamente se enfoca en el castigo. Sostengo que el feminismo es la lucha que conlleva más aristas, porque todas somos mujeres diferentes, por lo cual debemos apostar por un movimiento más transformador, incómodo y subversivo para el statu quo, que busque justicias plurales y alternativas y que demuestre que no somos ni nos asemejamos al Estado patriarcal que nos violenta y nos mata.
Después de todo esto seguramente se preguntarán: ¿qué alternativas propone el feminismo abolicionista? Más bien, les invitaría a reflexionar: ¿por qué lo necesitamos ahora? Aunque suene a cliché, es porque quien ignora la historia está condenado a repetirla. Políticas como tough on crime en Estados Unidos, la guerra contra el narcotráfico en México o las políticas de mano dura en las favelas de Brasil no han disminuido los crímenes ni han resuelto las causas más profundas de la desigualdad; por el contrario, han intensificado la violencia, las desapariciones forzadas, la corrupción policial y la criminalización de las comunidades vulnerables. Davis sostiene que las cárceles intensifican la violencia, especialmente contra las comunidades marginalizadas. Afirma que las cárceles no son más que negocios que se benefician económicamente de los encarcelamientos masivos y critica las propuestas reformistas que buscan hacer a las cárceles “más humanas”, en lugar de cuestionar su existencia desde el principio. Para un feminismo concreto y abolicionista es fundamental construir alternativas para el presente, como la justicia transformativa, el cuidado comunitario, la atenció a la salud y la dotación de vivienda, y, lo más importante, imaginar una seguridad sin policía y sin prisiones. Davis insiste en que, para poder siquiera atrevernos a imaginar un mundo sin prisiones, primero debemos replantear la educación y orientarla al aprendizaje y al conocimiento crítico.
Considero que la práctica del feminismo abolicionista combina teoría y acción como una estrategia de intervención comunitaria sin recurrir al sistema punitivo. Igualmente, estas propuestas dialogan de manera natural con los sistemas normativos y el pluralismo jurídico indígena, donde la resolución de conflictos se construye desde el ámbito colectivo y no solamente lo individual. Allí se permite el diálogo, se ejercita la reparación e, implícitamente, se reconoce el derecho al olvido.
Muchas mujeres víctimas de violencia sexual y disidentes sexogenéricas se encuentran en prisión por defenderse de la violencia doméstica y sexual, y precisamente son esos los casos que el sistema y el feminismo carcelario ignoran. Son los sistemas judiciales obsoletos los que no toman en cuenta los contextos de violencia como atenuantes, tratan a estas poblaciones como sujetos sin derechos y perpetúan la violencia institucional. Al hacerlo, refuerzan estereotipos que deshumanizan y despojan a las personas de su identidad, literal y simbólicamente.
El papel del feminismo abolicionista y del feminismo reformista no es menor en el funcionamiento del sistema penitenciario actual; incluso, considero que lo ha puesto en aprietos. Colectivos de ex reclusas, abogadas litigantes y activistas antipunitivistas han desempeñado labores fundamentales para que las mujeres que se encuentran en prisión puedan tener una estancia más digna. Yo dividiría los grupos en dos vertientes: defensiva y ofensiva. La primera comprende los colectivos que se encargan de sostener desde dentro las cárceles, brindándoles a las personas privadas de la libertad un sustento simbólico y material a través de actividades y talleres de arte, deporte y educación básica. La segunda está conformada por aquellos colectivos que litigan activamente amparos contra las instituciones penitenciarias para mejorar las condiciones en el interior de las cáceles, así como por quienes realizan activismo para la abolición del sistema carcelario.
Estas dos perspectivas no son contradictorias, sino complementarias: la defensiva lucha desde dentro, mientras que la ofensiva procura derribar los muros del encierro. Aunque mi perspectiva es abolicionista y considero que debemos ser menos reformistas y más radicales en cada aspecto de nuestras vidas, sin las mujeres que trabajan dentro de estas cárceles, procurando a los reclusos, la lucha abolicionista no tendría sentido. El feminismo reformista es esencial para la reinserción social de las personas, y todas estas organizaciones no gubernamentales y totas estas asociaciones civiles finalmente están tomando las riendas de algo de lo que debería encargarse el estado, lo cual es admirable.
Este artículo no tiene como propósito cambiar la opinión de nadie, sino simplemente expresar la mía, desde el contexto en el que transito y donde, al estudiar derechos humanos y gestión de paz, se desarrolla una sensibilidad especial hacia la injusticia. No negaré que ha sido difícil entender y que, aún hoy, me sorprendo a mí misma reproduciendo ciertas prácticas punitivas. Intentó separar mis experiencias de mi identidad e invitó a las abogacías a que hagan lo mismo. Asimismo, siempre trato de cuestionar el rol de los abogados —especialmente de los penalistas— en el sistema de justicia. Mantener este rol sin una crítica clara, aunque sea de manera parcial, es contradictorio. Definitivamente, no se trata de “eliminar” la figura del abogado como individuo y como medio para obtener justicia, sino replantear y cuestionar radicalmente su función dentro del sistema que, hoy día, parece priorizar el castigo sobre la reparación, la dignidad y la justicia social.
Fuentes de consulta
Davis, Angela, ¿Son obsoletas las prisiones?, trad. por Gabriela Adelstein, Invertidas, Madrid, 2024.
Despentes, Virginie. Teoría King Kong, trad. por Paul B. Preciado, Literatura Random House, Madrid, 2015.
Foucault, Michel Vigilar y castigar: nacimiento de la prisión, trad. por Aurelio Garzón del Camino, Siglo XXI Editores, México, 1976.
Galindo, María, Feminismo bastardo, Mantis/Canal Press, México, 2025.
Gowrinathan, Nimmi. Armas tomar: por qué las mujeres eligen la violencia, trad. por María Serrano, Sexto Piso, Madrid, 2022.
Transform Harm, “What is Abolition Feminism, What is Carceral Feminism and What Could a World Without Prisons Look Like?”, en https://transformharm.org/cf_resource/what-is-abolition-feminism-what-is-carceral-feminism-what-could-a-world-without-prisons-look-like/.
Notas:- Beatriz Guillén, “México supera las 100,000 personas en la cárcel sin sentencia”, El País México, 16 de septiembre de 2025, en https://elpais.com/mexico/2025-09-16/mexico-supera-las-100000-personas-en-la-carcel-sin-sentencia.html.[↩]
- Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), Censo Nacional de Sistema Penitenciario Federal y Estatales 2025. Resultados, inegi, México, 17 de julio de 2025.[↩]
- Nimmi Gowrinathan es académica, escritora y activista tamil. Su trabajo explora las trayectorias de mujeres que participan en movimientos políticos y armados, cuestionando las narrativas simplistas sobre violencia y género.[↩]
- Nimmi Gowrinathan, Armas tomar: por qué las mujeres eligen la violencia, trad. María Serrano, Sexto Piso, Madrid, 2022, p. 56.[↩]
- Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), Censo Nacional de Sistema Penitenciario Federal y Estatales 2025, comunicado de prensa 75/25, 17 de julio de 2025, en https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2025/cnsipee/cnspeyf2025.pdf.[↩]
- Michel Foucault fue un filósofo, historiador y teórico social francés. Su pensamiento analizó las relaciones entre poder, conocimiento y control social, influyendo profundamente en los estudios sobre sexualidad, castigo y disciplina.[↩]
- Michel Foucault, Vigilar y castigar: nacimiento de la prisión, Siglo XXI Editores, México, 1976.[↩]
- Virginie Despentes es una escritora, cineasta y ensayista francesa. Su obra combina crítica feminista, punk y autobiografía, abordando temas como la violencia sexual, la prostitución y la clase social con una mirada cruda y política.[↩]
- Virginie Despentes, Teoría King Kong, Random House, Barcelona, 2006, p. 67.[↩]
- María Galindo es una activista, artista y escritora boliviana, cofundadora del colectivo Mujeres Creando. Su pensamiento se inscribe en un feminismo concreto, descolonial y anticapitalista, al que denomina “feminismo bastardo”.[↩]
- María Galindo, Feminismo bastardo, Mantis, La Paz, 2025, p. 63.[↩]


