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Convención Americana de Derechos Humanos con Jurisprudencia

Miguel Carbonell y Edgar S. Caballero González
Tirant lo Blanch, México
2020


En esta ocasión, el jurista Miguel Carbonell y Edgar Caballero González nos entregan una segunda edición del texto Convención Americana de Derechos Humanos con Jurisprudencia, libro en el que se comprenden las jurisprudencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en relación con las normativas jurídicas mexicanas.

Como sabemos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos es un pacto que se realizó en el año 1969 en la Reunión de San José Costa Rica con el objetivo de garantizar los derechos humanos fundamentales. Está conformado por veintitrés países de Latinoamérica. Se divide en dos partes, la doctrinal y la legislativa, y consta de ochenta y dos artículos. 

La obra se divide en tres partes:

I. Deberes de los Estados y Derechos Protegidos, en esta primera sección estipula las sentencias que ha señalado la Convención, como los casos de Castañeda Gutman, González y otras, Radilla Pacheco, Fernández Ortega, Rosendo Cantú todas vs. México, estas sentencias tienen en común violaciones graves a derechos humanos, por ende, obligaron al Estado mexicano a realizar leyes que los protejan.  
II. Medios de la Protección y

III. Disposiciones generales y Transitorias.  Como deja ver el nombre, la primera plantea los deberes de los Estados y los derechos que protege. Contempla cinco capítulos de los cuales se introducen en los tratados internacionales especificando cada uno de ellos con el artículo que lo avala, ya que todos los Estados involucrados están obligados a respetar las garantías individuales, reparar y prevenir cualquier daño hacia la población en general de igual manera a la que puede ser vulnerada. Se adoptan las disposiciones del Derecho Interno; describe los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, así como los deberes que se atienen las personas. Por otra parte, también habla en los contextos en los que se suspenden estas garantías además de su interpretación y aplicación. 

La segunda parte establece cuáles son los órganos encargados de velar por la seguridad y correcta aplicación de los derechos de las personas. Son dos: la Comisión y la Corte. El primero se da a la tarea de vigilar las políticas de los Estados parte en su cumplimiento con la Convención y el segundo de dar la interpretación y aplicar lo estipulado por la Comisión.

La tercera parte engloba las disposiciones generales y transitorias de la Comisión de Derechos Humanos y cómo debe proceder la Convención.

De manera general, el libro es una herramienta que facilita a los abogados y las abogadas, del contenido de la Convención Americana sobre Derechos Humanos además de que se explica con la jurisprudencia mexicana, de una manera ordenada y comprensible. Considero que todo jurista y litigante, siendo defensores de los derechos, con esta herramienta, podrá dar un mejor seguimiento a cada que se vulnere las garantías de los mexicanos.

Yaksi Indavany Yeo Montoya

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