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Derecho internacional cósmico y la colonización de Marte

Laura Pamela y Jorge Arturo Aranda Medrano abordan la creciente relevancia del derecho espacial en un mundo donde las empresas privadas como SpaceX están liderando la exploración y colonización de Marte. Examina el marco legal existente y propone regulaciones que aborden la participación de empresas privadas en la exploración espacial. Además, exploran la importancia de comprender el espacio como un recurso socialmente producido y plantea preguntas sobre la propiedad del espacio exterior, destacando la necesidad de adaptar el derecho internacional a las nuevas realidades espaciales.


Actualmente, la tecnología nos ha permitido convertir los sueños en realidad por medio de empresas privadas como Space X1 que ha roto el monopolio de los países en la lucha espacial. Por eso, el presente artículo tiene como objetivo abordar este caso, ignorando el aforismo de que es primero el hecho y luego el derecho, porque evidentemente nadie tiene la certeza de que habrá una tercera guerra mundial no obstante que casi todos los países poseen armas nucleares.

El derecho internacional clásico comienza a volverse no sólo caduco sino también inoperante en un mundo en el que la tecnología ya rebasó todas las fronteras físicas, geográficas e incluso espaciales. Por eso, el origen del derecho cósmico puede fecharse en 1957 cuando la URSS comenzó a planear la misión Sputnik I. Desde ese momento, el Estado poseía la facultad total de hacer realidad los sueños de ir más allá de la Tierra. Pero no fue sino hasta 2002 que Elon Musk fundó Space X con el claro objetivo de colonizar Marte.

Entonces, el derecho internacional cósmico, debe ser llamado para resolver problemas diferentes de los que se han presentado hasta la fecha, con una mentalidad más evolucionada. 

La regulación jurídica del espacio exterior

El tratado de 1967 sobre los principios que deben regir las actividades de los Estados en la exploración y la utilización del espacio ultraterrestre, incluida la Luna y otros cuerpos celestes, que puede considerarse la base jurídica general para la explotación del espacio ultraterrestre con fines pacíficos, ha proporcionado un marco para el desarrollo del derecho del espacio ultraterrestre. Se puede afirmar que los otros tratados abordan específicamente ciertos conceptos incluidos en el tratado de 1967. Los tratados relativos al espacio han sido ratificados por muchos gobiernos, y muchos más se guían por sus principios. El de 1967 enuncia lo siguiente: “Artículo i. La exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, deberán hacerse en provecho y en interés de todos los países, sea cual fuere su grado de desarrollo económico y científico, e incumben a toda la humanidad. El espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, estará abierto para su exploración y utilización a todos los Estados sin discriminación alguna en condiciones de igualdad y en conformidad con el derecho internacional, y habrá libertad de acceso a todas las regiones de los cuerpos celestes. El espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, estarán abiertos a la investigación científica, y los Estados facilitarán y fomentarán la cooperación internacional en dichas investigaciones”.2

De ese artículo rescató lo siguiente: “El espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, estarán abiertos a la investigación científica, y los Estados facilitarán y fomentarán la cooperación internacional en dichas investigaciones”. Y lo destaco porque actualmente las empresas privadas de exploración espacial, como Space X, no están consideradas explícitamente establecidas el mismo tratado. Por lo tanto, hay una laguna jurídica3 que a la larga puede propiciar inconvenientes si el ser humano logra llegar a Marte.

Rumbo a Marte: Space X y la revolución de la colonización interplanetaria

Jorge Arturo Aranda Medrano

En estos días, el tema de la colonización de Marte y el regreso a la Luna, programado para 2024 por parte de la nasa, en conjunto con otras agencias espaciales y por medio de su misión Artemis, ha capturado la atención global. En los siguientes años la humanidad estará experimentando una transición hacia la verdadera era interplanetaria, un sueño que alguna vez parecía reservado a la ciencia ficción de la década de 1970, pero que en los próximos meses se convertirá en realidad. 

En el Congreso Astronáutico de 2016, celebrado en Guadalajara, Elon Musk, chief executive officer de Space X, anunció por primera vez su ambicioso plan de llevar a la humanidad a Marte y establecer una colonia humana autosustentable en el Planeta Rojo. Desde entonces ha estado trabajando incansablemente en el desarrollo de tecnologías innovadoras para hacer posible este monumental desafío.

Desde los lanzamientos de las naves Falcón que incluso la nasa alquiló para enviar carga e incluso personas mediante la cápsula Crew Dragon a la iss, que han sido todo un éxito, se revolucionó la industria espacial que acabó con el estigma social de que una organización espacial sólo podía ser un lujo del Estado. Junto a Space X han surgido otras empresas de la iniciativa privada, como Virgin Galactic o Blue Origin del multimillonario Jeff Bezos.

Un actor fundamental de esta misión es la nave Starship de Space X, la cual tiene una impresionante capacidad de carga útil hasta de 100 toneladas. Esta innovadora nave se perfila como la clave para llevar a cabo una serie de misiones esencial, incluida la colonización de Marte.

La humanidad progresa lentamente, al modo de un río que sigue su propio curso, sin retroceder. El río corre hacia el mar [y] la humanidad se dirige hacia algo más grande que ella misma.

Pierre Teilhard de Chardin.

Una de las estrategias planteadas para llegar a este planeta consistirá en enviar robots altamente capaces mediante Starship. Estos robots serán controlados de forma remota y desempeñarán un papel impostantísimo en el reconocimiento geológico y en la realización de excavaciones en busca de hielo, pues éste serviría como fuente vital para los futuros habitantes. Sin duda, si se confirma el envío de estos autómatas, serán esenciales en la preparación inicial de Marte y asegurarán que los seres humanos puedan establecerse sin contratiempos desde el primer día.

Sin embargo, todavía existen muchos desafíos por resolver en la eventual colonización de Marte, como la exposición a la radiación cósmica y la diferencia de la gravedad del Planeta Rojo en comparación con la de la Tierra. En Marte la gravedad es significativamente más baja y su atmosfera y su campo magnético son muy diferentes. Este último es muy débil o prácticamente inexistente. La falta de un campo magnético implica que los colonos se expondrían a la nociva radiación cósmica, lo cual a largo plazo podría provocar problemas de salud y alteraciones en las células genéticas de los viajeros.

Este nuevo escenario de la exploración espacial nos obliga a contemplar un futuro no muy lejano en el que la Tierra ya no será nuestro único hogar. Con cada avance tecnológico y con cada misión espacial exitosa nos acercamos al hecho de convertir en realidad lo que antes sólo era un sueño de la humanidad.

La Oficina de las Naciones Unidas para Asuntos del Espacio Ultraterrestre es la Secretaría del Subcomité Jurídico del Comité de las Naciones Unidas sobre los Usos del Espacio Ultraterrestre con Fines Pacíficos, que es el principal foro internacional para el desarrollo de leyes y principios que rijan el espacio ultraterrestre. Además de prestar servicios parlamentarios, esa oficina prepara estudios jurídicos y documentos sobre diversos aspectos del derecho espacial para auxiliar a los Estados miembros durante sus deliberaciones.4

De conformidad con el plan de acción aprobado por la Asamblea General en su resolución 55/122, la oficina proporciona información y asesoramiento, previa solicitud, a gobiernos, organizaciones no gubernamentales y público en general, sobre el derecho espacial con el fin de promover la comprensión, la aceptación y la aplicación de los acuerdos internacionales sobre derecho espacial concertados bajo los auspicios de las Naciones Unidas. La comisión tiene dos subcomisiones: la Subcomisión de Asuntos Científicos y Técnicos y la Subcomisión de Asuntos Jurídicos.5

Propuestas para la trascendencia de la humanidad en el tiempo y el espacio

En 1974, el escritor francés Henri Lefebvre publicó la obra La producción del espacio, en la cual plantear la “necesidad de dejar de entender al espacio como algo naturalmente dispuesto, y comprender su peso e importancia en la definición del sistema capitalista global” (Lefebvre, 1974). A partir de lo anterior, David Herrera (2017) señala tres tesis centrales de la obra de Lefebvre que nos permiten entender mejor su propuesta; a saber:

1. El espacio es socialmente producido. Se refiere a que el espacio se convierte en una estructura-estructurante que, a la vez que se produce por las relaciones sociales que lo atraviesan, también coadyuva a producir y a reproducir cierto tipo de relaciones en la sociedad. 

2. El capitalismo necesita de la producción del espacio. Como sistema de producción global, el capitalismo requiere sus propios paisajes y sus propias espacialidades, determinados por la desigualdad y la exclusión permanentes de la acumulación incesante de la ganancia. 

3. Se domina a través del espacio. Las lógicas materiales, simbólicas y sociales del espacio operan con un sentido de ejercicio del poder, que muchas veces contribuye a la producción de los sujetos y de sus relaciones sociales esenciales.

¿Tiene dueño el espacio? 

La respuesta de cada quien a esta interrogante puede variar, pero de manera objetiva, acorde con los lineamientos establecidos por el tratado de 1967, se puede asegurar que el espacio exterior no tiene dueño, pues su soberanía no puede ser reclamada por ningún país. No obstante, ese tratado necesita regular a empresas como Space X; de lo contrario, la respuesta a la pregunta que encabeza este parágrafo no sería la misma, pues los abogados de Space X buscarán la oportunidad de colonizar el espacio para sus fines particulares.

Nuestra propuesta

Legislativamente, nuestra propuesta sería la siguiente: “Artículo iii. Los Estados partes en el tratado y las empresas privadas de exploración espacial deberán realizar sus actividades de exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, de conformidad con el derecho internacional, incluida la Carta de las Naciones Unidas, en interés del mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales y del fomento de la cooperación y la comprensión internacionales”.

Al final, es importante recordar las palabras de Víctor Hugo:  “El futuro tiene muchos nombres. Para los débiles es lo inalcanzable; para los temerosos, lo desconocido; para los valientes, la oportunidad”.

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Fuentes de consulta

Baringo Ezquerra, David, La tesis de la producción del espacio en Henri Lefebvre y sus críticos: un enfoque a tomar en consideración, pp. 110-126. Disponible en http://fundacionhenrydunant.org/images/stories/biblioteca/derecho-vivienda-ciudad-terriotorio/Produccion_del_Espacio_en_HLefevre.pdf .

El espacio ultraterrestre. Tratados y principios de las Naciones Unidas [internet], Unoosa.org. Disponible en https://www.unoosa.org/pdf/publications/st_space_11rev2S.pdf. 

Laguna de ley [internet], Gob.mx. Disponible en http://sil.gobernacion.gob.mx/Glosario/definicionpop.php?ID=140. Consultado el 2 de agosto de 2023.

Lefebvre, Henri, “Plan de la obra”, La producción del espacio, pp. 63-124. Disponible en https://istoriamundial.files.wordpress.com/2016/06/henri-lefebvre-la-produccion-del-espacio.pdf 

Modesto Seara Vázquez, I. F., Introducción al derecho internacional cósmico, unam, México, 1961.

United Nations, unoosa. Disponible en https://web.archive.org/web/20051025170238/http://www.oosa.unvienna.org/SpaceLaw/spacelaw.htm. Consultado el 2 de agosto de 2023.

Vázquez, M. S., Derecho y política en el espacio cósmico, unam, México, 1986.

  1. Space Exploration Technologies Corp., conocida como SpaceX, es una empresa estadounidense de fabricación aeroespacial y de servicios de transporte espacial con sede en Hawthorne, California. Fue fundada en 2002 por Elon Musk con el objetivo de reducir los costos de viajar al espacio para facilitar la colonización de Marte.[]
  2. El espacio ultraterrestre. Tratados y principios de las Naciones Unidas [internet], Unoosa.org. Disponible en https://www.unoosa.org/pdf/publications/st_space_11rev2S.pdf. Consultado el 2 de agosto de 2023.[]
  3. Laguna jurídica se refiere al vacío jurídico de un precepto normativo que se suscita si no existe una disposición legal expresamente aplicable cuando se trata de resolver un litigio jurídico con arreglo a un determinado derecho positivo. Se presenta cuando aparece una situación no prevista por el legislador, pero puede ser resuelta conforme a los principios generales del derecho. Véase Laguna de ley [internet], Gob.mx. Disponible en http://sil.gobernacion.gob.mx/Glosario/definicionpop.php?ID=140. Consultado el 2 de agosto de 2023.[]
  4. United Nations UNOOSA, Disponible en https://web.archive.org/web/20051025170238/http://www.oosa.unvienna.org/SpaceLaw/spacelaw.htm. Consultado el 2 de agosto de 2023.[]
  5. United Nations, Disponible en https://web.archive.org/web/20051025170238/http://www.oosa.unvienna.org/SpaceLaw/spacelaw.htm. UNOOSA. Consultado el 2 de agosto de 2023.[]

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