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El juicio de Pablo de Tarso

Acusado por los sumos sacerdotes y por los principales judíos de Jerusalén de violar la ley, Pablo de Tarso, ya siendo seguidor de Jesucristo, acometió su propia defensa ante Festo, procurador de Judea del año 59 al 62 d.C., apelando a ser juzgado por el tribunal que —aun siendo judío— como ciudadano romano le correspondía. Vale la pena echar un vistazo a este pasaje, mucho menos conocido que otros procesos de la época, del que se pueden extraer valiosas reflexiones.


El proceso judicial de Jesús de Nazareth ocupa un lugar privilegiado en las investigaciones y los estudios jurídico-históricos por la relevancia de la figura. Según palabras de Antonio Gómez Robledo, haciendo la comparación con una de las figuras centrales de la filosofía, “ni Sócrates ni Jesús serían lo que son para la humanidad, hasta donde podemos juzgar, sino por su muerte”.1

Sin embargo, no es el único de los juicios contenidos en la Biblia que pueden ser interesantes para las y los abogados. Además del clásico proceso que sostuvo el rey Salomón ante las dos mujeres que se disputaban a un niño, encontramos el de Saulo de Tarso, también conocido como San Pablo, ante el gobernante romano Festo.

La narración de este caso la encontramos en el capítulo 25 de Los hechos de los apóstoles, libro contenido en el Nuevo Testamento. Pablo, quien había nacido como ciudadano romano, no podía ser juzgado por otra autoridad que no proviniera de Roma y debía tener un proceso en toda regla como cualquier habitante de la Ciudad Eterna. No podía ser dejado a la turba iracunda o ser sometido a una simulación. Dada su calidad de ciudadano, Pablo requirió a Festo estar ante la presencia del primero entre los romanos, el César, para ser juzgado, a pesar de la intención del gobernante de congraciarse con las masas. Así está narrado este pasaje en Los hechos: “Entonces Festo, que quería ganarse la amistad de los judíos, preguntó a Pablo: ‘Si soy yo el que te va a juzgar, ¿quieres subir a Jerusalén?’ Pablo contestó: ‘Estoy ante el tribunal del César; ahí debo ser juzgado. No he hecho ningún mal a los judíos, como tú muy bien sabes. Si he cometido algún delito que merezca la muerte, acepto morir. Pero si no he hecho nada de lo que me acusan, nadie tiene derecho a entregarme a ellos. Apelo al César’”.

El hecho de que fuera juzgado como romano, a diferencia de Jesús, quien no tuvo un proceso en forma, como podríamos considerarlo ahora, pero también en su momento, constituye uno de los ejemplos más nítidos de la diferencia entre el denominado ius civile y el ius gentium o el derecho que se aplicaba a los ciudadanos del Imperio romano y al que se sometían los habitantes de las provincias y los Estados lacayos.

Este pequeño relato contenido en la Biblia no deja de ser llamativo y puede invitarnos a pensar que, más allá de las clásicas referencias a los juicios históricos abordados hasta el cansancio, existen otros tantos que pueden contribuir a observar el derecho desde una óptica diferente.


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