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Eduardo Verástegui no será presidente de México. Candidaturas independientes, eterno pendiente

En este texto se aborda la complejidad para aspirar a la presidencia de México desde una candidatura independiente, y los retos a los que se tienen que enfrentar quienes quieren emprender dicho camino.


¿Quién es Eduardo Verástegui? 

José Eduardo Verástegui Córdoba, mejor conocido como Eduardo Verástegui, es un actor, productor, ex integrante de un grupo musical relativamente exitoso llamado Kairo. Eduardo Verástegui es conocido por su activismo político en la defensa de causas ultraconservadoras y de extrema derecha y sostiene una campaña permanente en contra del aborto, de la adopción homoparental, del matrimonio entre personas del mismo género y de la eutanasia. 

Para defender y compartir sus ideas en torno de este y otros temas, Verástegui participa como productor y en ocasiones como actor de películas con temáticas sociales y con una fuerte dosis subjetiva respecto de su concepto de familia. 

En septiembre de 2023 se registró como aspirante a candidato independiente para la presidencia de México. Ha dado inicio así a su propio via crucis en la búsqueda de cumplir con los requisitos señalados por la ley en la materia y con los lineamientos señalados por el Instituto Nacional Electoral. Eduardo Verástegui tiene el derecho constitucional y legal de buscar ser electo o presidente de los Estados Unidos Mexicanos; sin embargo, esto no sucederá. 

Su legítima aspiración de convertirse en presidente de México contendiendo como candidato independiente parece no tener futuro. Esto es así por diversas razones; el presente ensayo intenta dar cuenta de manera muy rápida del fenómeno de las candidaturas independientes a la luz de las recientes experiencias mexicanas en esta materia, en particular, en la candidatura para presidenta o presidente de México.  

Breve historia de las candidaturas independientes en México 

Debemos partir de reconocer que en México se ha avanzado al reconocer los derechos políticos como derechos humanos. Su base constitucional y legal otorga la posibilidad a cualquier persona de contender por la presidencia de México de manera independiente, es decir, sin contar con el apoyo o el respaldo de un partido político. De acuerdo con el doctor Manuel González Oropeza, el fenómeno de las candidaturas independientes en México es mucho más longevo de lo que comúnmente se cree; simplemente señalaremos que desde 1911 la legislación electoral ya las reconoce; sin embargo, fue en 1946 cuando la ley federal en materia electoral otorga a los partidos políticos el monopolio para la nominación de candidatos a cargos de elección popular (González Oropeza, 2010, p. 46). 

Sin embargo, también es posible advertir que esa legislación no las reconoce, pero tampoco las prohíbe, lo cual a nivel local dejó una puerta abierta durante mucho tiempo; en otras palabras, había una muy remota posibilidad de participar ciudadana de manera independiente, aunque, por su puesto, sin reglas secundarias claras. 

No obstante, la reforma de 2007 dejó claro que en las elecciones locales únicamente los partidos políticos tenían la facultad de solicitar el registro de candidatos a puestos de elección popular (Galán Martínez, 2013, p. 114). 

Pero el caso que contribuyó al surgimiento de un nuevo paradigma sin duda es el que presentó Jorge G. Castañeda vs. el Estado mexicano ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos en 2005. En ese asunto, baste recordar que el señor Castañeda presentó su solicitud ante el Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) para participar como candidato independiente al cargo de presidente de los Estados Unidos Mexicanos en la elección del 2 de julio de 2006. Sin embargo, el IFE determinó no otorgar el registro ya que en sus consideraciones señaló que esa prerrogativa correspondía únicamente a los partidos políticos. 

Ante esta negativa, el aspirante presentó una demanda de amparo ante un juzgado en materia administrativa, el cual declaró improcedente la petición. Ante ello, Castañeda interpuso un recurso de revisión en contra de dicha sentencia, la cual fue atraída y, en su oportunidad, resuelta por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que básicamente repitió lo dicho por el juzgado de distrito y sobreseyó el juicio. 

Frente a esta nueva negativa Castañeda acudió a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. El resto de la historia es conocido por todos; al final, la Corte Interamericana de Derechos Humanos se pronunció y, en consecuencia, se construyó el andamiaje legal para las candidaturas independientes en México.

En años recientes, en nuestro país aumentó el número de personas interesadas en la obtención de un cargo popular de manera independiente. Por su puesto que hay ejemplos exitosos; quizá el más famoso fue el de Jaime Rodríguez, mejor conocido como el Bronco, quien en 2015 logró la gubernatura de Nuevo León, el mismo que tiempo después intentaría, sin éxito, repetir la fórmula ganadora, en esta ocasión para ser presidente de México. 

En resumen, para no aburrir al lector, diremos que el fenómeno de las candidaturas independientes en México tiene ya una larga historia. Su construcción y su inclusión ilusionaron a muchas personas que creyeron que esto aportaría un elemento cualitativo muy importante al sistema democrático mexicano, ya que se llegó a considerar que esta figura encauzaría mucho del descontento y el enojo social que la gente parece tener hacia los partidos políticos; pero la realidad parece decirnos otra cosa. 

El via crucis para ser candidato 

De acuerdo con el Instituto Nacional Electoral (INE) para la elección de presidente de la República treinta y dos personas manifestaron su intención de postularse al cargo, de las cuales sólo nueve resultaron procedentes. Ahora bien, de conformidad con el acuerdo ine/cg443/2023, aprobado por el propio instituto, estos nueve ciudadanas y ciudadanos tendrán que cumplir con una serie de etapas: a) emisión de la convocatoria, b) actos previos al registro de candidaturas independientes, c) obtención del apoyo de la ciudadanía y d) registro de candidaturas independientes. 

De conformidad con el artículo 371 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales: “Para la candidatura de presidente de los Estados Unidos Mexicanos, la cédula de respaldo deberá contener cuando menos la firma de una cantidad de ciudadanos equivalente al 1 por ciento de la lista nominal de electores con corte al 31 de agosto del año previo al de la elección y estar integrada por electores de por lo menos diecisiete entidades federativas, que sumen cuando menos el 1 por ciento de ciudadanos que figuren en la lista nominal de electores en cada una de ellas”.

En ese sentido, la convocatoria emitida por el INE en sus bases quinta y sexta establece las fechas a partir de las cuales los aspirantes podrán darse a conocer con la ciudadanía en la búsqueda de un posible apoyo por medios distintos a la radio y la televisión para la obtención del porcentaje requerido. Es necesario que nos detengamos un momento en este punto: ¿cuáles son los medios distintos a la radio y la televisión?, ¿los periódicos, los espectaculares, la pinta de bardas, la colocación de mantas y carteles de apoyo, las redes sociales? 

En este punto se aprecia una clara desigualdad. Por un lado, las y los aspirantes de los partidos políticos, nos guste o no, lo aceptemos o no, han comenzado con una serie de actos anticipados de campaña; por otro lado, los partidos políticos cuentan desde antes con financiamiento ordinario, eso sin mencionar que en los periodos de campaña tienen tiempos asignados en radio y televisión. En consecuencia, el principio de equidad en la contienda se ve vulnerado, y con esto no sólo se reducen las posibilidades de las y los candidatos independientes, sino que también se trastoca la calidad de todo el sistema electoral. 

Supongamos que las y los aspirantes a candidatas y candidatos independientes logran realizar una fuerte campaña para que los conozcan. El siguiente momento es la etapa en la cual deben hacer uso de una aplicación APP para captar el apoyo de aquellas ciudadanas y aquellos ciudadanos que crean en su proyecto. El uso de esta aplicación ha generado inconformidades: ¿cómo podrá una ciudadana o ciudadano de a pie lograr la captación de simpatías por sí mismo? Es evidente que se requiere un complejo aparato de organización que parecen tener sólo los partidos políticos. 

Pero supongamos que nuestra o nuestro aspirante está ilusionado y cree poder avanzar; ahora se enfrenta a uno de los principales problemas de todo el sistema electoral mexicano: el financiamiento. 

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