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El acoso a las autonomías

Recientemente, los organismos constitucionales autónomos han visto afectadas sus operaciones. ¿A qué se debe? ¿Por qué es importante defender su autonomía? En términos de educación, acceso a la información, protección de datos personales, transparencia y rendición de cuentas, entre otro temas, Marco Antonio Zeind Chávez nos invita a seguir observando las acciones de los órganos políticos para señalarlas puntualmente.


A propósito de esta iniciativa tan loable e indispensable de la revista abogacía® de contar con un número especial sobre la educación y, particularmente, acerca de la educación jurídica, es buen momento para hacer notar los momentos complicados que en diversas latitudes viven algunas instituciones encargadas de garantizar los derechos fundamentales, entre ellos, el de acceso a la información pública, el de protección de datos personales y, desde luego, el derecho a la educación.

En principio, se debe afirmar que en la estructura institucional del Estado mexicano existen diversas instituciones públicas que si bien buscan satisfacer las necesidades de la sociedad mexicana, lo hacen de distintas maneras y bajo diferentes formas, demostrando que en un país con una tradición presidencialista la lógica democrática de la desconcentración del poder ha generado la necesidad de que las instituciones transiten por una descentralización. De esta manera se busca que la verticalidad característica del presidencialismo se reduzca e igualmente lo hagan los sesgos políticos presentes en el quehacer cotidiano de aquellas personas servidoras públicas que acceden a los cargos que ocupan por la vía del voto popular, es decir, las titulares de los poderes ejecutivos federal y locales, así como también los congresos federal y locales.

La realidad de la autonomía constitucional

Por lo que corresponde a los dos primeros derechos citados tenemos que a partir de los primeros años del siglo que transcurre comenzaron a realizarse reformas en el orden jurídico mexicano que influyeron en su estructura institucional y que derivaron en la creación de instituciones que, comenzando por el ámbito federal, ha hecho que hoy se cuente con 33 órganos garantes de estos derechos que responden a distintas exigencias de las sociedades democráticas, entre las que se encuentran la transparencia y la rendición de cuentas.

La evolución de estas ideas ha llevado a que estos 33 órganos garantes hayan sido dotados de autonomía constitucional, ya que es la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) la que ordena que tanto el órgano garante nacional (Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, conocido como INAI) como los 32 órganos garantes locales tengan la naturaleza de organismos constitucionales autónomos (OCA).

Por ser los oca órganos garantes se encuentran fuera del ámbito de competencia de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Y no sólo eso, sino que se ubican a la par de éstos. Sin embargo, esta autonomía constitucional se encuentra sistemáticamente en riesgo básicamente por dos razones: 

• La intervención del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo o solamente de este último en la designación de los integrantes de sus órganos de gobierno.

• La aprobación de sus presupuestos anuales por parte de la Cámara de Diputados y de los congresos locales.

En el primero caso, el riesgo de que la designación de personas afines a los órganos políticos conlleve un indeseable sesgo en el desempeño de las tareas de cada oca es latente, y en tiempos recientes, de manera inédita, la posibilidad de que los poderes Legislativo y Ejecutivo simplemente se nieguen a cumplir con la responsabilidad constitucional de llevar a cabo esas designaciones se ha convertido en una realidad.

En relación con el presupuesto, se ha convertido en una práctica ordinaria que no sólo esas 33, sino muchas de las casi 200 instituciones dotadas de autonomía constitucional en los ámbitos federal y local padezcan amenazas (o efectivamente lo hagan) de que en cada ejercicio fiscal disminuyan los recursos destinados a su operación.

La realidad de la autonomía universitaria

Respecto de los derechos fundamentales mencionados al principio de este texto, es el tercero para cuya garantía, protección, promoción y defensa juegan un rol muy importante las universidades públicas autónomas (UPA).

La autonomía universitaria es un atributo que encuentra su origen en México en el primer cuarto del siglo pasado, por lo que a partir de ese momento se estableció el blindaje idóneo para que la libertad académica (de examen, de cátedra, de investigación, de discusión de las ideas) fuera una realidad en la vida diaria de estas instituciones que en la actualidad suman 40 en el país.

Se debe tomar en cuenta que todas las instituciones a las que se ha otorgado y reconocido autonomía universitaria han adquirido las dimensiones y la importancia para ser consideradas los principales centros educativos donde se encuentran asentadas y, además, algunos de los principales polos de desarrollo de la localidad. Naturalmente, la importancia que tienen en cada una de sus regiones las ha convertido en lugares muy atractivos, unas veces para dar inicio y otras para consolidar proyectos que, por definición, son ajenos al cumplimiento de las tres finalidades comunes a todas ellas; a saber: la docencia, la investigación y la difusión de la cultura.

La protección de la que se debe dotar a instituciones con un papel tan trascendente en la vida de la sociedad debe ser exactamente del tamaño de su importancia, por lo que al hablar de autonomía universitaria se está haciendo de un atributo sin parangón en el esquema institucional mexicano que deriva en la existencia de instituciones que pueden desempeñar la facultad de autogobernarse de manera amplia, más que cualquier otra.

Como sucede con la autonomía constitucional, la autonomía universitaria es consecuencia de una decisión política fundamental. Sin embargo, en el caso de la universitaria, es el artículo 3º constitucional en el que puede encontrarse su reconocimiento y la legislación secundaria que la otorga. En el caso de la de tipo constitucional, es la Carta Magna la que la otorga.

De igual manera, las autonomías constitucional y universitaria coinciden (como ya se señaló) en que ambas garantizan derechos fundamentales y en que indubitablemente han tenido un papel protagónico en la transición democrática mexicana. Empero, la autonomía universitaria tiene como particularidad su estrecha relación con la libertad académica, la cual es una condición indispensable para que cualquier institución de educación superior cumpla a cabalidad con sus finalidades y, en consecuencia, abonen a la consolidación de valores democráticos.

Los embates en contra de la autonomía constitucional

Como ya se señaló, una buena cantidad de los aproximadamente 200 oca que existen en el Estado mexicano han sufrido o sufren diversos ataques desde diferentes lugares, siendo los poderes Ejecutivo y Legislativo aquellos que lo han hecho con especial frecuencia. La irrupción de los oca ha significado para ambos poderes un reto muy particular, pues el quehacer especializado que han absorbido en mayor medida del Poder Ejecutivo le ha valido que este último lo considere una amenaza debido a la gran cantidad de poder que anteriormente ejercía sin mayor control y que a partir de la aparición de éstos tuvo un decremento. Incluso, hoy algunos de estos entes se encuentran facultados para llevar a cabo funciones materialmente legislativas, lo que de alguna manera ha hecho que el Poder Legislativo deje de entrar en los espacios que ya ocupan aquellos.

Así, la llegada de instituciones que por mandato constitucional desempeñan tareas que garantizan derechos fundamentales y que se encuentran a la par de los poderes tradicionales, ha sido asumida como una mala noticia por diversos actores y se ha combatido en algunas ocasiones con los mecanismos a su alcance, entre ellos la designación de las personas que integran sus órganos de gobierno y la aprobación de sus presupuestos anuales.

Hoy, el INAI vive la que seguramente es la mayor crisis institucional que ha experimentado, pues lejos de que los órganos políticos lo busquen capturar por medio de la designación de perfiles políticamente cercanos (como efectivamente ha sucedido en otros tiempos y en otros oca), simplemente han decidido incumplir con esa responsabilidad constitucional y, de facto, evitar que su órgano de gobierno reúna el quórum para cumplir plenamente con su mandato constitucional y, en consecuencia, se vea imposibilitado para garantizar el derecho a la información pública y el derecho a la protección de datos personales.

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Los embates en contra de la autonomía universitaria

Las UPA son lugares donde el ejercicio de diversas libertades es una realidad que genera condiciones para que haya una convivencia armónica en sus comunidades. Aunado a lo anterior, estas mismas comunidades han demostrado una gran capacidad — con toda esa libertad en su actuar— para ser capaces de autogobernarse en ambientes de estabilidad que hacen innecesaria la intervención de agente externo alguno.

Es precisamente la protección de esas libertades la que se ha buscado que sea fortalecida por medio del establecimiento de garantías a rango constitucional y legal, anteponiendo a cualquier decisión que pueda tener un impacto en la vida interna de estas instituciones y de sus comunidades verdaderos procesos de deliberación con los que, a través del debate de ideas en sus comunidades, se tomen las mejores decisiones de manera democrática.

Entre las medidas que se han tomado se encuentra lo establecido por la Ley General de Educación Superior expedida en 2019 por el Congreso de la Unión. Entre las cosas que ahí se señalan esta la que establece que cualquier iniciativa o reforma a las leyes orgánicas de las UPA “deberá contar con los resultados de una consulta previa, libre e informada a su comunidad universitaria, a los órganos de gobierno competentes de la universidad o institución de educación superior a la que la ley otorga autonomía, y deberá contar con una respuesta explícita de su máximo órgano de gobierno colegiado”.

A pesar de lo anterior, los intentos de intromisión en la vida interna de estas instituciones han persistido tanto en el ámbito federal como en el ámbito local, teniendo como ejemplos claros de lo segundo a la Universidad Autónoma de Sinaloa (UAS) y en la Universidad Autónoma de Yucatán (UAY).

• En el caso de la uas, el congreso de aquella entidad federativa decidió expedir la Ley de Educación Superior del Estado de Sinaloa en la que se ordena que toda consulta para modificar las leyes orgánicas será convocada y organizada por el propio congreso del estado, determinación que definitivamente conlleva un intento claro de intromisión en la vida interna de esa institución y otras dos que se encuentran bajo la misma situación en aquel estado de la República mexicana, pues de manera clara contraviene el espíritu de la Ley General de Educación Superior.

• Por lo que toca a la UADY, recientemente fue propuesta en el congreso local una reforma mediante la que se busca cambiar la naturaleza jurídica de esta institución, que actualmente se trata de un organismo descentralizado del Estado, para convertirse en un oca. Como ya se explicó, las upa cuentan con características de organismo descentralizado del Estado y por eso se trata de las instituciones públicas más autónomas en el seno del Estado mexicano, siendo que convertirlas en oca generaría una reducción sensible de su grado de autonomía y conllevaría, de hecho, una violación a su autonomía, pues su comunidad no ha sido consultada sobre la posible viabilidad de la reforma.

Conclusión

Como ha podido probarse, el acoso a las autonomías es una realidad en nuestros días en este país y, por lo tanto, debemos continuar observando y señalando este tipo de actos llevados a cabo por órganos políticos que obstaculizan o pretenden obstaculizar el ejercicio pleno de diversos derechos. Indudablemente, buena parte de las controversias que con ello se han presentado irán a parar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de la se espera tome las mejores decisiones que, siendo las que sean, será preciso que encuentren el respaldo indispensable en la sociedad mexicana.

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