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Gabriela de la Mora: Mujeres, Sociología y Derecho

Desde su experiencia como abogada en notaría y como profesora de Sociología jurídica, Gabriela de la Mora nos acerca a conceptos fundamentales para la lucha contra la discriminación y violencia contra las mujeres, como la equidad, la igualdad sustantiva, el sistema patriarcal, el machismo; y nos comparte su visión sobre el futuro de las mujeres en el gremio jurídico.


Gabriela de la Mora Galván es abogada por la Escuela Libre de Derecho, institución donde es Vocal de la Junta Directiva y profesora titular de la cátedra de Sociología Jurídica. Forma parte de la Unidad de Atención de Quejas por Posibles Conductas contra la Dignidad de las Personas, Discriminación del Alumnado y Violencia hacia las Mujeres.


¿Por qué decidió estudiar la carrera de Derecho?

Gabriela de la Mora – Siempre tuve claro que quería estudiar Derecho. Desde la secundaria, en la clase de civismo y, posteriormente, en la preparatoria, en la clase de nociones generales del Derecho. Fueron dos asignaturas que me gustaban mucho y pensé que la de abogada sería una profesión en la que podría desarrollarme siguiendo ese sueño que todos alguna vez tenemos de tener un mundo más justo. Creí que si me convertía en abogada no sólo podría aportar un poco a mi país, sino que podría trabajar por una sociedad más justa y equilibrada. 

Siempre me llamó mucho la atención aprender por qué un Estado tiene cierto tipo de normas que regulan la conducta del individuo en sociedad, de una manera en un lugar y de otra forma en otro. Me apasiona esa conjunción de normas que crean el gran ordenamiento jurídico de un Estado. En lo que sí llegué a dudar fue dónde debía estudiar la carrera de Derecho.

Confieso que mi primera opción no fue la Escuela Libre de Derecho (eld), sino la Universidad Nacional Autónoma de México (unam). En mi familia no hay abogados; sólo un tío materno,  gran abogado fiscalista, egresado, precisamente, de la unam. Cuando tuve que decidir dónde estudiar él me recomendó la mejor escuela de Derecho. Así llegué a la eld.

Usted es profesora titular de la materia sociología jurídica. ¿Qué distingue a la sociología jurídica de la sociología en general? 

Gabriela de la Mora – De entrada, cualquier abogado dirá que la sociología jurídica es una rama de la sociología en general, lo cual es cierto. Sin embargo, hay muchas consideraciones que es importante tener en cuenta para hablar de lo que las distingue. 

La sociología en general es una ciencia social que estudia el comportamiento del hombre en sociedad y las relaciones que se generan entre sus integrantes. Estudia los fenómenos sociales que se presentan en una sociedad en un momento y un tiempo determinados.

Por otro lado, la sociología jurídica analiza los fenómenos sociales que, a su vez, son fenómenos jurídicos; pero debemos partir de la base de que no todo fenómeno social es un fenómeno jurídico y eso es lo que le importa a la sociología jurídica. Y profundizando más podemos decir que la sociología jurídica es una ciencia auxiliar del Derecho que estudia los fenómenos sociales que tienen una influencia importante en el campo del Derecho. Si quisiéramos definirla de una manera muy sencilla podríamos decir que “la sociología jurídica se ocupa de la influencia de los factores sociales en el Derecho y de la incidencia que éste tiene, a su vez, en la sociedad.”

A pesar de que podríamos afirmar que es una rama auxiliar del Derecho de reciente gestación, no es así, pues ya desde la antigua Grecia se hacía sociología jurídica. Claro que entonces no se le denominaba de esa manera, pero basta analizar la obra de Aristóteles que en su Política señala la influencia de factores sociales en la legislación constitucional, por lo que ese filósofo puede ser considerado como el más lejano precursor de la sociología del Derecho. 

Ya en la actualidad, L. M. Friedman, uno de los macrosociólogos jurídicos de nuestra época, define la sociología jurídica “como el análisis de las fuerzas sociales que producen o influyen en el Derecho” y lo que llamaba “el impacto del Derecho en la sociedad”. 

¿Por qué debe estudiarse la sociología jurídica en las escuelas de Derecho? ¿Qué practicidad tiene para alguien que opera el Derecho? 

Gabriela de la Mora – Porque debe estudiarse la interrelación que existe entre sociedad y Derecho, es decir, los factores sociales que influyen en la configuración, el desarrollo y al aplicación del Derecho. Dicho muy simplemente, debemos conocer y estudiar cuáles son los factores y los comportamientos sociales que influyen en el Derecho, para la creación, modificación o, en su caso, derogación de normas y su aplicación. Esto es, cómo influyen los fenómenos sociales en el Derecho y cómo influye el derecho en esos fenómenos.

En relación con la practicidad, es importante para determinar qué conductas sociales y que fenómenos sociales le importan al Derecho y deben regularse. 

Usted se ha desempeñado en Derecho corporativo y en Derecho mercantil. ¿Hay lugar ahí para la sociología jurídica? 

Gabriela de la Mora – Claro que sí, la relación que existe entre la sociología jurídica y el Derecho mercantil es innegable, ya que entre esta rama del Derecho y la sociología existe una serie de elementos que permiten conectar a la sociología para entender que el objeto Del derecho mercantil es el comercio, que éste está inmerso en la vida diaria del hombre, quien, aun sin tener la calidad de comerciante, realiza ciertos actos que son parte importante del movimiento y el desarrollo de la sociedad.

Al respecto, ¿cómo podríamos distinguir entre la equidad y la igualdad de género? 

Gabriela de la Mora – La igualdad es un derecho fundamental por medio del cual todas las personas tienen los mismos derechos, responsabilidades y oportunidades. Es decir, no se debe discriminar a nadie por cuestión de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, lugar de nacimiento o por cualquier otra condición. Todos somos iguales ante la ley. Por su parte, la igualdad de género supone que no debe existir desigualdad de trato entre hombres y mujeres, lo cual en nuestros días todavía es una meta muy lejana a la realidad. La equidad es una herramienta para conseguir la igualdad efectiva. De ese modo, la equidad no consiste en tratar a las personas del mismo modo, sino en tener en cuenta sus circunstancias personales y establecer acciones concretas para subsanar las desventajas para que todos puedan partir de una posición igualitaria.

En el plano de la equidad, las mujeres nos encontramos en una situación de desventaja debido a algunas diferencias que la sociedad y la cultura han creado a lo largo de los siglos. Por ejemplo, que sean las mujeres quienes renuncien a un trabajo para cuidar a los hijos, asuman cargas familiares y tareas del hogar en detrimento de su carrera, sean más inseguras que los varones en algunos casos laborales, por ejemplo, para solicitar un ascenso, o prefieran estudiar carreras que tradicionalmente se han asociado al género femenino, como educación o enfermería, en lugar de optar por estudios de ciencias o Derecho, por ejemplo.

Las políticas de equidad pretenden justamente eliminar estas diferencias mediante un trato no idéntico a hombres y mujeres, de manera que sea posible equilibrar la balanza e impulsar la igualdad sustantiva. 

Sociológicamente, ¿el machismo es propio del género masculino o también incluye al género femenino?

Gabriela de la Mora – El machismo es propio del ser humano, sea hombre o sea mujer. Precisamente por el sistema de educación y el régimen patriarcal bajo el cual nos educaron, en el machismo se incluye al género femenino, pues hay muchas mujeres que educan hombres machistas.

Usted forma parte de la Unidad de Atención a Quejas en temas de equidad de género e inclusión. Además, en el tendedero de la Escuela Libre de Derecho cada año se hacen públicas diversas acusaciones en contra de alumnos y profesores con motivo del 8 de marzo. ¿Cómo se realizan esas denuncias?, ¿qué proceso se sigue para no dejar impunes a los imputados? y ¿cómo se garantiza la seguridad de las alumnas en la escuela? 

Gabriela de la Mora – Tenemos que distinguir entre las denuncias anónimas que se presentan en marzo a través del “tendedero” y los procedimientos de queja que se tramitan ante la Unidad de Atención de Quejas.

Tendedero

Desde marzo de 2020 las alumnas de nuestra escuela, en ejercicio de su libertad de expresión y de protesta, decidieron presentar de manera anónima diversas denuncias, que pegaron en las paredes de la institución, para hacer notar la violencia de género de la que han sido víctimas durante muchos años.

La seguridad y la tranquilidad de las alumnas en la escuela están garantizadas, pues se respeta el anonimato de las denuncias, que año tras año réplica el alumnado. Sin embargo, es importante que tengamos presente que, de manera institucional, conforme a nuestra normatividad, se requiere una denuncia formal, a través de una queja, para que los hechos denunciados se puedan investigar y no queden impunes.

Queja formal ante la Unidad de Atención de Quejas

Por lo tanto, desde enero de 2021 nuestra escuela cuenta con un Protocolo de atención de quejas, en el que se reconoce la protección de los derechos de la comunidad escolar a la dignidad, a la no discriminación y a una vida libre de violencia de cualquier tipo.

En ese instrumento se creó la Unidad de Atención de Quejas, un órgano independiente y autónomo que cuenta con todo el respaldo institucional de las autoridades de la escuela para coordinar políticas de inclusión y recibir quejas por vulneración de los derechos de la comunidad escolar (alumnado, profesorado y personal administrativo). 

Desde hace tiempo, como profesora he mantenido una posición muy cercana respecto al alumnado, atendiendo la problemática estudiantil cotidiana. Ahora, como vocal de la junta directiva, junto con demás compañeros y el rector, estoy al pendiente de las situaciones que presente mediante recomendación la citada Unidad de Atención de Quejas, para asegurar en nuestras instalaciones un ambiente escolar seguro.

Las víctimas de violencia o de discriminación tienen suficiente protección en nuestra escuela: por los principios que regulan el procedimiento de quejas (confidencialidad, autonomía, independencia, perspectiva de derechos humanos y de género), por las recomendaciones de medidas disciplinarias temporales que dicta la Unidad a la Rectoría, así como por la referencia en materia de salud mental y apoyo jurídico pro bono en materia penal, así como por la mayor protección de la identidad de la víctima.

Las políticas de equidad pretenden eliminar estas diferencias mediante un trato no idéntico a hombres y mujeres, de manera que sea posible equilibrar la balanza e impulsar la igualdad sustantiva.

En términos sociológicos, a veces creemos que los problemas de género pueden prevenirse y resolverse generando normas jurídicas que protejan a las mujeres. ¿Cuáles son las implicaciones de esta forma de pensar? 

Gabriela de la Mora – La violencia de género tiene raíces en la discriminación basada en el género y está muy arraigada en la sociedad. Por eso, a través de una política de prevención y cursos de capacitación, es posible prevenir la violencia de género antes de que suceda, o limitar su expansión en caso de que aparezca.

Por medio de las normas jurídicas se pretende garantizar que todas las mujeres disfruten una vida libre de violencia, pues de esta manera se podrán instrumentar prácticas que las protejan, reduciendo los riesgos y el estado de vulnerabilidad en los que puedan hallarse.

Por eso, en materia de violencia de género la cátedra de sociología que se imparte en la escuela aporta al alumnado la posibilidad de comprender cómo funciona nuestra sociedad, y cómo, mediante normas jurídicas nacionales e internacionales, o con buenas prácticas, podemos eliminar la división que existe en la sociedad con base en el género. Pensar así, que los problemas de género se pueden prevenir y resolver, permite crear una cultura de respeto y de inclusión. 

¿Usted ha sufrido algún tipo de discriminación en el ámbito laboral por cuestión de género?, 

Gabriela de la Mora – En la práctica profesional que he llevado a cabo desde que egresé de la Escuela Libre de Derecho y me recibí, muchas veces fui testigo de algunos casos de discriminación por cuestión de género. No me ocurrieron directamente a mí durante mis primeras etapas como profesionista; de hecho, en muchas ocasiones me sentí privilegiada por haber sido preferida frente a un aspirante del sexo masculino. Siempre he pensado que, en mi caso particular, tuve la posibilidad de que se me reconociera por mi capacidad antes que por mi género, pues, sobre todo en mis comienzos como abogada, era más difícil que se reconociera a una mujer en el ámbito jurídico.

¿Qué opina de la afirmación de que la carrera de Derecho fue hecha para los hombres? ¿En esa creencia radica el machismo que prevalece en el gremio jurídico? ¿La sociología tiene una explicación para esto?

Gabriela de la Mora – Creo que quien opina así tiene un criterio muy limitado, simplemente porque tanto los hombres como las mujeres poseemos la capacidad suficiente de desarrollar una serie de habilidades para esta carrera que nada tiene que ver con el género. 

Esta creencia radica en el hecho de que desde la Antigüedad se consideraba que sólo los hombres podían ejercer no sólo el Derecho sino todas las posiciones de poder y dirección. Pensemos en la época de los griegos y los romanos, en la Edad Media y en el Renacimiento, cuando el rol de la mujer fue minimizado por considerar que por cuestión de género era inferior al hombre. Creo que en la actualidad ha quedado demostrado que el género no es un impedimento para desarrollar habilidades y capacidades extraordinarias en la carrera de Derecho. 

El movimiento del 8 de marzo constituye un importante tema de estudio para la sociología. ¿Cree que este hecho social tiene su fundamento en la falta una normatividad jurídica adecuada? 

Gabriela de la Mora – Si analizamos el movimiento del 8 desde el punto de vista sociológico, podemos concluir que es un movimiento social que no sólo manifiesta su inconformidad frente al gobierno, sino que también expresa una catarsis ante todo lo que ha sucedido a la largo de la historia desde el inicio del movimiento feminista. 

Considero que este hecho social, que además sociológicamente nos deja muchas enseñanzas, nos muestra claramente no la falta de normatividad sino la falta de respeto a los derechos humanos, a la garantía de una vida libre de violencia. No creo que sean necesarias más normas jurídicas sino, más bien, que las que existen se apliquen adecuadamente, que se respeten los derechos y, sobre todo, que se garantice el respeto a los derechos humanos, por medio de políticas públicas apropiadas ya que la verdad es que el movimiento feminista se ha politizado mucho y se utiliza como bandera para enarbolar intereses políticos.

¿Cuáles son los factores que debilitan el Estado de Derecho y que propician que no haya una correcta implementación de la ley para acabar con la misoginia, no sólo en el ámbito jurídico, sino en todos los aspectos en los que se desenvuelven las mujeres?

Gabriela de la Mora – Mi opinión personal es la clara falta de conocimiento, de educación y de instrucción respecto de los derechos fundamentales de las mujeres, pues éstas siguen siendo visualizada en muchos ámbitos como socialmente inferiores al hombre en una sociedad machista que no ha evolucionado en ese aspecto y que, por ende, repercute en todos los ámbitos de la vida. 

¿Cuál es el panorama de las mujeres en el ámbito jurídico en el futuro? 

Gabriela de la Mora – Pienso que el panorama de las mujeres en el ámbito jurídico es igual de prometedor y exitoso que el que puede tener un hombre. Desde mi perspectiva, es claro que las mujeres poseemos las mismas capacidades para desarrollarnos, no sólo en el ámbito jurídico sino en cualquier otro espacio de la vida social, de una manera exitosa al igual que los hombres, siempre y cuando tengamos las mismas oportunidades y se otorguen en función del conocimiento, la capacidad y la experiencia y no en función del género.


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